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MSI REDEC - Sistema de Validaciones y Gestión

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El reportante deberá rectificar la información remitida a la Comisión indicando la clasificación de la solicitud correcta. De esta manera, la Comisión podrá aprobar una rectificación a este archivo específico, que se espera que sea inusual.

El reportante deberá seleccionar solo una finalidad e indicar la que mejor aplique al consentimiento obtenido.

Debe considerar un caso de amortización del crédito por el monto que se salda con el remate de la garantía (variación de stock negativa de código 01).

Como interés capitalizado (código 02).

El "último reporte" corresponde al último archivo RDC20 enviado, independiente de si este corresponde a un envío de día de viernes (cada dos semanas) o al envío de cierre de mes.

Esta aclaración se incorpora a la descripción del registro 01 del archivo a través del Oficio Circular N° 1.387.

No existen umbrales para este reporte. Deben informarse todas las variaciones de stock aplicables.

Debe reportarse cuando el reportante, considerando sus procedimientos internos y la definición de obligación reportable del Numeral 4 de la NCG N°540, comienza a excluir tal obligación reportable en el archivo "Nómina de Deudores" (RDC01).

Un prepago de crédito corresponde a una amortización de capital del archivo RDC20 (Código 01 del TIPO DE FLUJO en el Registro 01 para informar variaciones de stock). Asimismo, un crédito cuando es totalmente prepagado no debe seguir siendo reportado en el archivo RDC01. En caso de que erróneamente, siga siendo reportado, el deudor podrá solicitar la actualización, rectificación, complementación o cancelación de la información; por lo que puede ameritar una posible corrección solo en la medida que no sea adecuadamente reconocido en el archivo RDC01, aunque por el evento de prepago no corresponde reportar una recorrección.

El RDC30 sólo debe reflejar los accesos a registros del RDC10 de un reportante que no tiene a ese deudor vigente. Los deudores vigentes no necesitan consentimiento nuevo pues mantienen su base de licitud.

Ante errores o diferencias en el archivo RDC22 deberá solicitar enviarse un nuevo y remitirse con la corrección a la mayor brevedad posible.

Los umbrales de tolerancia frente al RDC22 con respecto a la información reportada en otros archivos son parte de las políticas internas de supervisión.

Se debe informar como variación en stock (Deuda prescrita y crédito nuevo).

En el archivo RDC40 deberán informarse todos los hitos asociados a la solicitud (señalados en el campo 2, EVENTO). Por lo tanto, por cada CÓDIGO OPERACIÓN, tras finalizar el proceso, habrá tres EVENTOS, cada uno con su respectiva FECHA.

Cuando no exista información para informar, se deben seguir las instrucciones impartidas en la sección REPORTE DE INFORMACIÓN DE FISCALIZACIÓN de las Instrucciones del MSI REDEC.