Desinversión de bancos en Sociedades de apoyo al giro
Consiste en la autorización de la CMF para realizar la desinversión de un banco en una sociedad de apoyo al giro.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Este trámite está dirigido a los bancos.
Ley General de Bancos.
La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando la autorización para la desinversión en una sociedad de apoyo al giro.
En Línea
- En el sitio www.cmfchile.cl seleccione la plataforma CMF Supervisa desde Atención fiscalizados.
En Oficina
- Diríjase a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre I, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
Por Correo
- La solicitud deberá enviarse por carta a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre I, piso 1, Santiago.
No tiene costo.
No estipulado
El resultado del trámite es la autorización de la desinversión de un banco en una sociedad de apoyo al giro.