Autorización Provisional de Bancos
Corresponde a la primera de tres autorizaciones requeridas para la constitución de un banco.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas.
Ley General de Bancos.
La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando la autorización provisional para la constitución de un banco acompañando los antecedentes señalados en la minuta web constitución de un banco.
En Línea
- En Internet, vaya al portal "CMF sin papel".
- Ingrese al portal con su Clave Única.
- Complete los campos solicitados y en la opción "Tipo de documento", seleccione "Autorización provisional - Bancos".
En Oficina
- Diríjase a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre I, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
Por Correo
- La solicitud deberá enviarse por carta a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre I, piso 1, Santiago.
No tiene costo.
No estipulado
El resultado del trámite es la autorización provisional para la constitución de un banco.