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Solicitud para la fiscalización y control de las operaciones económicas de las Cooperativas de Ahorro y Crédito

Consiste en la autorización para que las Cooperativas de Ahorro y Crédito que cuenten con un patrimonio superior a las UF 400.000, sean fiscalizadas por la CMF.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}

Este trámite está dirigido a las Cooperativas de ahorro y crédito cuyo patrimonio exceda de 400.000 unidades de fomento.

Ley General de Bancos.
Artículo 87 de la Ley General de Cooperativas.
Capítulo III.C.2. Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile.

La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando su pronunciamiento para la Fiscalización de la Cooperativa de Ahorro y Crédito, acompañando los antecedentes requeridos en la siguiente minuta:



En Línea

  • En el sitio www.cmfchile.cl seleccione la plataforma CMF Supervisa desde Atención fiscalizados.

Realizar en línea



En Oficina

  • Diríjase a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre I, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.


Por Correo

  • La solicitud deberá enviarse por carta a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre I, piso 1, Santiago.


No tiene costo.

Una vez presentados todos los antecedentes requeridos, la CMF se pronunciará en un plazo de 90 días desde la fecha de recepción del informe definitivo elaborado por un tercero externo calificado.

Resolución.

El resultado del trámite será la respuesta que entregue la entidad de si la cooperativa quedará o no sometida a fiscalización por parte de la CMF. El pronunciamiento será comunicado tanto al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo como a la cooperativa de ahorro y crédito analizada.