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Autorización de existencia de Bolsas de Valores

Consiste en la autorización de la CMF que otorga a las entidades que reúnen las condiciones necesarias para existir como Bolsa de Valores o la aprobación de la solicitud de modificación de estatutos presentada por aquéllas ya existentes, según sea el caso.

El resultado del trámite es la resolución de autorización de existencia de Bolsa de Valores o de modificación de estatutos, y emisión de certificado.

Entidades que deseen operar como Bolsas de Valores que se constituyan como sociedades anónimas especiales, de acuerdo al título XIII de la Ley N° 18.046 y cumplan los requisitos establecidos en el título VII de la Ley N° 18.045.

Los exigidos en el Título XIII de la Ley N° 18.046 y los antecedentes que puedan requerirse para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Título VII de la Ley N° 18.045.


En Línea

  • En Internet, vaya al portal "CMF sin papel".
  • Complete los campos solicitados y en la opción "Tipo de documento", seleccione "Aut. Existencia - Bolsa de valores".

Realizar en línea



En Oficina

  • Diríjase a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre I, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
  • El resultado del trámite es la resolución de autorización de existencia de Bolsa de Valores y emisión de certificado.


Por Correo

  • La solicitud deberá enviarse por carta a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre I, piso 1, Santiago.
  • El resultado del trámite es la resolución de autorización de existencia de Bolsa de Valores y emisión de certificado.


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