Logo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF)

¿En qué situaciones se requiere el consentimiento expreso del deudor para que una entidad acceda a su información en el REDEC?

En todos los casos se requiere consentimiento expreso, con excepción de aquellas situaciones en que la ley considera extendido el consentimiento (durante la vigencia del crédito) y para el acceso a los archivos de obligaciones reportadas al Boletín de Información Comercial (Título III, art.17 Ley N°19.628) e información anonimizada.