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Considerando que el numeral 3.1 de la normativa en consulta exige que los reportantes establezcan procesos de auditoría externa, ¿por qué el numeral 10 no especifica el tipo de auditoría (externa o interna) y solo requiere una auditoría externa en caso de que la Comisión lo solicite?

El numeral 3.1 que se refiere a auditoría externa, señala que debe cumplirse lo dispuesto en el numeral 10. Por lo mismo, se aclara en la normativa que en todos los casos se refiere a auditorías externas, y que adicionalmente la Comisión podrá solicitar auditorías externas adicionales, específicas e independientes a costo del reportante.