Si un deudor solicita cancelación de una obligación reportable y se resuelve aceptando ello, ¿esto aplica para deudas vigentes solamente o también para futuras que pueda presentar?
Si lo resuelve así la entidad reportante, entonces la entidad reportante debe rectificar (con el archivo RDC02) y considerarlo para sus siguientes reportes (archivo RDC01 sucesivos), en la medida que corresponda. Si lo resuelve así la CMF, la resolución indicará el tratamiento de esa obligación reportable.