¿Quiénes pueden utilizar el Sistema de Consultas de Seguros?
- Quienes tengan la calidad de contratante o asegurado.
- Quien demuestre un interés legítimo en acceder a la información en caso de fallecimiento o incapacidad judicialmente declarada de un contratante o asegurado. Se entiende que tienen un interés legítimo quienes acrediten tener la calidad de cónyuge, hijos, padres o la calidad de herederos de dicho contratante o asegurado.
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