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Instituciones de Garantía Recíproca

La función de la CMF respecto a estas instituciones apunta a verificar que cumplan los requisitos necesarios para poder ejercer y conservar su giro, además de registrarlas conforme a las normas que dicta al efecto y clasificarlas en categoría A o B. El marco regulatorio está dado por la Ley N° 20.179 sobre Sociedades de Garantía Recíproca, la Circular N°1 de 2007 sobre Sociedades de Garantía Recíproca. Sin embargo, aparte de las potestades mencionadas, la CMF no tiene otras atribuciones respecto a este tipo de entidades, por lo que no son entidades fiscalizadas.
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