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CMF sanciona a seis Organizaciones Deportivas Profesionales por infringir sus deberes de información continua

3 de julio de 2026.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo sancionó a seis Organizaciones Deportivas Profesionales (ODP), por infringir sus deberes de información continua, al no remitir a la CMF información financiera periódica dentro del plazo previsto en la normativa.

La Norma de Carácter General N° 201 dispone que las ODP deben enviar a la CMF su Memoria Anual dentro del cuatrimestre siguiente al cierre del ejercicio, en tanto, su información financiera trimestral debe presentarse dentro del plazo de 30 días desde el cierre del respectivo trimestre.

De acuerdo con la Resolución Exenta N° 6.782, las entidades sancionadas por no remitir oportunamente su información financiera periódica son las siguientes:

SOCIEDAD

SANCIÓN

1

TRASANDINO S.A.D.P.

Censura

2

LILAS S.A.D.P.

Multa UF 180

3

CLUB DEPORTIVO SAN MARCOS DE ARICA S.A.D.P.

Multa UF 60

4

CLUB DEPORTIVO BARNECHEA S.A.D.P.

Multa UF 120

5

CLUB DEPORTES TEMUCO S.A.D.P.

Multa UF 120

6

AUDAX ITALIANO LA FLORIDA S.A.D.P.

Multa UF 60

La Resolución subrayó la importancia del envío de la información continua a la que están sujetas estas entidades, ya que permite a la CMF y a los demás usuarios contar con información actualizada.