CMF pone en consulta ajustes a la normativa del Registro de Deuda Consolidada para mejorar la información que reciben los deudores y la gestión de sus solicitudes
La propuesta incorpora nuevas obligaciones de información, simplifica reportes y precisa los términos bajo los cuales los asesores crediticios pueden solicitar su incorporación como reportantes.
21 de octubre de 2026.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) pone en consulta pública, por un período de cuatro semanas, una propuesta que modifica las normas de funcionamiento operativo del REDEC y su respectivo Manual del Sistema de Información (MSI REDEC).
Los ajustes buscan mejorar la transparencia de la información que reciben los deudores, facilitar la gestión de sus solicitudes y precisar los términos bajo los cuales los asesores crediticios pueden incorporarse como reportantes, en concordancia con la Ley N°21.680.
La propuesta contempla tres grupos de modificaciones:
- Gestión de solicitudes de los deudores: Se precisa el tratamiento que deben dar los reportantes a las solicitudes de actualización, rectificación, complementación y cancelación (ARCC), incluidas aquellas presentadas directamente ante la CMF y derivadas al reportante. Asimismo, establece que cuando el reportante agrupe varias solicitudes para gestionarlas en un único proceso, deberá informar de ello al deudor e identificar cada solicitud individual. Además, simplifica el reporte del archivo RDC40, "Gestión de solicitudes", cuando no registre movimientos.
- Nuevas obligaciones de información: Se exige a los reportantes informar, a través de CMF Supervisa, las marcas y los nombres de fantasía que utilicen, para facilitar su identificación por parte de los deudores. También incorpora el archivo RDC21, "Acreencias no administradas", destinado a informar las obligaciones reportables cuya administración no esté a cargo del reportante.
- Asesores crediticios: Se ajusta la definición de los asesores crediticios que pueden solicitar su incorporación como reportantes del REDEC, para alinearla con lo establecido en la Ley N°21.680.
Estas modificaciones permiten aclarar los procesos y simplificar los reportes asociados al ejercicio de los derechos ARCC, además de mejorar la identificación de los reportantes y la información sobre las obligaciones reportables.
Implementación gradual
La propuesta contempla que las modificaciones a la NCG N°540 y a las instrucciones generales del MSI REDEC entren en vigencia desde la publicación de la norma definitiva. Por otra parte, para los ajustes al archivo RDC40, se propone un plazo de un mes desde dicha publicación, mientras que para la implementación del nuevo archivo RDC21 se consideran tres meses.
La CMF invita a todas las partes interesadas a formular observaciones y comentarios respecto del presente proyecto normativo hasta el 18 de noviembre de 2026, a través de la sección Normativa en Consulta del sitio web de la CMF.