CMF publica norma que regula las operaciones de reaseguro de Rentas Vitalicias con entidades reaseguradoras extranjeras
La normativa busca permitir una gestión más eficiente de los riesgos asociados a obligaciones previsionales de largo plazo, manteniendo los necesarios resguardos prudenciales.
05 de octubre de 2026.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó hoy la normativa que regula las operaciones de reaseguro de rentas vitalicias con entidades reaseguradoras extranjeras.
La normativa fue objeto de dos procesos de consulta pública, realizados entre abril y agosto de 2026. Dichas instancias tuvieron una importante participación, tanto por parte de la industria aseguradora local como de reaseguradoras extranjeras. Todos los comentarios recibidos fueron analizados y sirvieron como insumo relevante para la versión final de la normativa.
La norma establece las disposiciones y requisitos mínimos a los cuales deberán sujetarse los reaseguros de seguros de rentas vitalicias, para efectos de ser deducidas del cálculo de las reservas técnicas y del patrimonio de riesgo, de acuerdo con lo establecido en la Norma de Carácter General N°323.
Los principales aspectos considerados en la normativa corresponden a los siguientes:
- Se establece un 30% como límite máximo de deducción de reservas técnicas, el cual se determina a nivel de la cartera total de rentas vitalicias.
- Los activos que respalden las obligaciones cedidas deberán mantenerse en un fondo segregado, bajo administración de una entidad supervisada por la CMF, ya sea una Administradora General de Fondos o la propia compañía cedente.
- Se autoriza a las compañías de seguros de vida que realicen operaciones de reaseguro de sus riesgos de rentas vitalicias con entidades reaseguradoras extranjeras, realizar la actividad complementaria de administrar fondos a nombre del reasegurador.
- Se establecen límites cuantitativos a la composición de la cartera del fondo, fijando como un máximo el 30% en instrumentos extranjeros y 5% en "otras inversiones".
- Se definen resguardos prudenciales respecto al riesgo de crédito del reasegurador.
Se espera que esta normativa contribuya a generar condiciones más favorables para el desarrollo del mercado de reaseguros de rentas vitalicias, al mismo tiempo que establece resguardos prudenciales acordes con los riesgos que emergen de estas operaciones.
El detalle completo de la normativa está disponible en el sitio web institucional de la CMF, junto con un Informe Normativo que presenta los principales contenidos y la evaluación de su impacto.
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