Aplicación de los estándares de Basilea III en Chile
CMF inicia consulta de norma que facilita la adopción de modelos internos para el cálculo de provisiones y requerimientos de capital por riesgo de crédito
Entre otros aspectos, la propuesta introduce el nuevo Capítulo 21-9 a la Recopilación Actualizada de Normas de bancos, el cual consolida y perfecciona los requisitos para el uso de estas metodologías. Asimismo, durante el proceso de consulta se realizarán mesas de trabajo con la industria, las cuales tendrán como objetivo entregar mayor detalle de los ajustes e identificar eventuales fricciones remanentes.
3 de agosto de 2026.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa el inicio del proceso de consulta pública, por un plazo de 12 semanas, para la propuesta normativa que introduce el nuevo Capítulo 21-9 a la Recopilación Actualizada de Normas de bancos (RAN), el cual consolida y perfecciona los requisitos para la adopción de Metodologías Internas (MI) en el cálculo de provisiones y Activos Ponderados por Riesgo de Crédito (APRC). Además, la propuesta también modifica los Capítulos 21-1 y 21-6 de la misma Recopilación, así como el Capítulo B-1 del Compendio de Normas Contables de bancos (CNC).
La propuesta recoge los antecedentes levantados en mesas de trabajo realizadas con la industria durante 2024 y principios internacionales en la materia, con el fin de generar mejores condiciones para el desarrollo e implementación de MI por parte de la industria bancaria.
Principales aspectos de la propuesta normativa:
- Se genera un nuevo capítulo normativo que consolida los requisitos para el uso de metodologías internas: El Capítulo 21-9 agrupa en un solo texto las exigencias hoy vigentes en el Capítulo 21-6 de la RAN y el Capítulo B-1 del CNC, armonizando los requisitos tanto para el cómputo de provisiones como para los requerimientos de capital por riesgo de crédito. Además, detalla el procedimiento de solicitud de evaluación ante la CMF y el seguimiento posterior de las MI.
- Se considera metodología fundacional y avanzada: Los bancos podrán desarrollar metodologías fundacionales -en las que podrán estimar la probabilidad de incumplimiento- o avanzadas -en las cuales también podrán estimar la pérdida dado el incumplimiento-. Además, las MI se podrán desarrollar para las colocaciones y créditos contingentes, ya sean parte de la cartera grupal o individual.
- Se establece un porcentaje mínimo a modelar: La primera solicitud deberá cubrir al menos el 20% del universo de exposiciones que la entidad defina como modelable, acompañada de un plan para alcanzar su cobertura total en un plazo de cinco años.
- Se realizan ajustes al modelo de provisiones de la cartera comercial evaluada individualmente: Se recalibran las probabilidades de incumplimiento de la escala de calificación de las exposiciones individuales, las que no se actualizaban desde 2011, y se modifica el tratamiento de las garantías. Respecto de este último punto, en lugar de deducirse de la exposición, pasarán a afectar el parámetro de pérdida dado el incumplimiento, alineando su cómputo al cálculo de los requerimientos de capital.
- Armonización de garantías y otros perfeccionamientos: Los criterios de elegibilidad y valorización de garantías se alinean con el Capítulo 21-10 de la RAN, publicado recientemente. Se incorporan, además, otros ajustes recogidos durante la implementación de la normativa vigente.
Impacto estimado
Los beneficios esperados de la propuesta normativa son de carácter estructural y permanente. La implementación de MI permitirá que las entidades gestionen de manera más precisa el riesgo de crédito, transitando desde una medición estandarizada a una específica de cada entidad, al mismo tiempo que se establecen los debidos resguardos prudenciales.
Por su parte, los costos identificados son acotados y mitigables. El principal elemento a considerar lo constituye la aplicación del nuevo modelo de provisiones de la cartera individual, efecto que se diluye si las entidades obtienen la no objeción de sus modelos internos por parte de la CMF antes de la entrada en vigencia. Además, existen costos relacionados con ajustes en su gobernanza, inversión en sistemas de información y gestión y atracción de talento especializado.
Por su parte, para la CMF surgirán costos vinculados a las mayores capacidades necesarias para la supervisión y seguimiento de las MI.
En consideración a los aspectos previamente mencionados, la propuesta normativa contempla una implementación gradual. De esta forma, los modelos internos para carteras grupales podrán presentarse a evaluación de forma inmediata una vez publicada la normativa, ámbito en el que la industria ya cuenta con experiencia, a partir de los modelos requeridos para efectos de provisiones. Por su parte, los modelos correspondientes a exposiciones evaluadas individualmente podrán ser presentados a contar de enero de 2028, mientras que los ajustes al modelo de provisiones de dicha cartera regirán desde enero de 2031.
Durante las 12 semanas que considera el proceso de consulta pública, se contempla la realización de mesas de trabajo, en las cuales se entregarán detalles de los principales aspectos contemplados en la normativa y servirán como un espacio para la identificación temprana de eventuales fricciones remanentes en la normativa.
El detalle de la propuesta está disponible en la sección Normativa en Consulta del sitio web institucional. La CMF también publica un Informe Normativo que presenta los principales contenidos junto con la evaluación de su impacto.