¿Hay seguros obligatorios en los créditos hipotecarios?

Dos seguros tienen carácter de obligatorios en este tipo de operaciones financieras.

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A diferencia de los créditos de consumo, en operaciones hipotecarias se requieren seguros.

Sí, la normativa exige a las instituciones financieras que los créditos hipotecarios estén resguardados por dos tipos de seguros. El primero es el de desgravamen, que cubre el saldo de la deuda al momento del fallecimiento del deudor. El segundo es el de incendio, que normalmente cubre sólo el saldo de la deuda si el bien raíz se siniestra.

Siempre revise las condiciones de las pólizas de seguros ofrecidos para que comprenda cabalmente sus coberturas y costos, pudiendo comparar de mejor manera entre distintas opciones.

Mas información en el Capítulo II.A.2.1 N° 1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, el Capítulo 9-1 y Capítulo 8-4 de la Recopilación Actualizada de Normas de esta Comisión.

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Es un préstamo a mediano o largo plazo que se otorga para la compra, ampliación, reparación o construcción de una vivienda, compra de sitios, oficinas o locales comerciales.

Hay tres tipos distintos, los que se diferencian por la forma de generar su financiamiento.

El capital adeudado no es lo único que se paga en un crédito hipotecario.

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos hipotecarios.

Prepagar es un derecho irrenunciable que se ejerce bajo ciertas condiciones bien definidas.

Son modalidades especiales que le permiten diferir el pago de los dividendos de un crédito hipotecario.

Sí, es posible una vez se cumplen ciertos requisitos.

Cada tipo de crédito hipotecario tiene distintos costos de pago anticipado.

Existen tres tipos de tasas aplicables a créditos hipotecarios.

Antes de pedir un crédito hipotecario usted debe evaluar su capacidad de pago.

Esto sólo debe sustentarse en la voluntad entre las partes que negocian.

El Banco puede comenzar a cobrar intereses penales según las condiciones pactadas en el pagaré.

La CMF tiene a su disposición una útil herramienta que le permitirá simular diversos tipos de operaciones hipotecarias.

Términos relacionados

Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

Es un seguro exigido por las entidades crediticias, que cubre el saldo insoluto de la deuda por muerte del deudor asegurado. Se puede contratar la cobertura adicional de invalidez 2/3 que cubrirá el mismo saldo.

Es un seguro exigido por las entidades crediticias que cubre los daños al inmueble dado en garantía hipotecaria en caso de incendio. Se pueden contratar coberturas adicionales tales como daños a causa de sismos, salida de mar, rotura de cañerías, etc.

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