¿Puedo pedir un crédito para pagar otros?

Sí. Esta operación se llama "compra de cartera".

Foto ¿Puedo pedir un crédito para pagar otros?

Consolidar sus deudas en un solo crédito es una opción para estabilizar su situación financiera.

Usted puede pedir un crédito para pagar las deudas que tenga en distintas instituciones, quedando con un solo acreedor. Esta operación se conoce como compra de cartera y se utiliza para que la persona pueda ordenar su endeudamiento, adecuarlo a su capacidad de pago y/o aprovechar mejores condiciones de mercado. Para que este tipo de operación sea lo más útil posible, usted debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Considere los gastos de cada una de las operaciones que va a realizar, esto es, los gastos tanto de prepago de los antiguos créditos como los involucrados en el nuevo crédito.
  • Solicite liquidación de prepago de las deudas que desea pagar anticipadamente. Este documento permite saber además del capital adeudado, el valor de la comisión de prepago y los intereses devengados a la fecha en que se solicita. Por esta razón las liquidaciones tienen un tiempo corto de vigencia y es posible que al momento de materializar el pago surjan pequeñas diferencias.
  • Exija el certificado de la Ley 20.130 a cada institución financiera que sea acreedora de las deudas que pretende consolidar; esto le permitirá no pagar nuevamente el impuesto de timbres y estampillas por el nuevo crédito que solicita. En todo caso tenga presente que este beneficio no se aplica para las líneas de crédito.
  • Consulte si cumple con los requisitos que le permiten exigir la devolución proporcional de los seguros de prima única contratados voluntariamente en su crédito de consumo. La norma que rige este proceso (Circular 2.114 de la Comisión para el Mercado Financiero), indica que "la prima a devolver se calculará en proprción al tiempo no transcurrido, sin efectuar ninguna deducción, esto es, comprenderá toda suma que se haya pagado con ocasión del seguro, independientemente de la causa, motivo u objeto por la que fue pagada, salvo excepciones legales".

Información adicional de este tema se puede revisar en el Capítulo 7-1 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF.

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Gracias al crédito es posible acceder a bienes y servicios en forma inmediata, generando una obligación de pago posterior mediante cuotas.

Existe una serie de mecanismos creados a través de diferentes leyes.

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos.

Los más importantes son los Créditos de Consumo, Créditos Comerciales y Créditos Hipotecarios.

Las instituciones pueden entregar la cobranza de créditos morosos a empresas externas.

Prepagar es un derecho irrenunciable que se ejerce bajo ciertas condiciones bien definidas.

Existen tres cuerpos legales/normativos aplicables a los prepagos.

Siempre que se cuente con la voluntad de las partes puede renegociarse un crédito.

El Banco puede comenzar a cobrar intereses penales según las condiciones pactadas en el pagaré.

Los meses de gracia permiten diferir el pago de la primera cuota por el plazo que acuerden las partes. Sin embargo, pagar la primera cuota un par de meses después tiene un costo para el cliente.

Tienen la ventaja de que su información facilita comparar y cotizar.

Además del capital adeudado y los intereses, también debe cancelar una "comisión de prepago".

Términos relacionados

Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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