Solicitud de gastos funerarios para bomberos fallecidos durante su servicio

Permite solicitar el reembolso de los gastos funerarios de un bombero fallecido durante acto de servicio.

Descripción

El Decreto Ley N° 1.757 establece una serie de beneficios para los bomberos voluntarios y sus familiares más cercanos, uno de estos es el de "Gastos funerarios", que consiste en el reembolso de los gastos correspondientes al pago de los servicios funerarios y de sepultación, cuando un bombero fallece en acto de servicio.

Este beneficio tiene un tope de 12 ingresos mínimos mensuales.

A quién está dirigido

La solicitud de este beneficio puede ser presentada por:

  • Quienes acrediten haber incurrido en los gastos de sepultación.

Documentos requeridos

Para acceder a este beneficio se debe presentar:

  • Certificado del Superintendente de Bomberos que acredita que el fallecido era miembro voluntario del Cuerpo de Bomberos.
  • Estar inscrito en el Registro Nacional de Bomberos al momento del accidente.
  • Informe fundado en una investigación sumaria que dé cuenta de las circunstancias del accidente.
  • Certificado de Carabineros de Chile del territorio administrativo donde resultó fallecido, con la siguiente información: fecha y hora del accidente, y descripción del Acto de servicio que estaba ejecutando (extinción de incendio, rescate, ejercicios de compañía, guardia nocturna, etc.)
  • Informe del médico tratante de uno de los establecimientos del Servicio de Salud, hospitales clínicos de la U. Católica o Chile, hospitales de las Fuerzas Armadas y de Orden o de las mutualidades de empleadores establecidos por la Ley N° 16.744.
  • Certificado de defunción
  • Boletas o facturas de la funeraria a nombre de quien realizó el gasto.

Paso a paso: Cómo realizar el trámite



En Línea

  • Ingrese su solicitud con su clave única en el link de CMF sin Papel

    Complete los campos solicitados y en la opción "Tipo documento" haga clic en "correspondencia a la CMF".



En Oficina

  1. Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  2. Diríjase a:
    • La oficina de partes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Torre I piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
    • En regiones, a la oficina del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) más cercana, para su derivación a la CMF.
  3. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio, cuya respuesta obtendrá en un plazo de 45 días.


Por Correo

  • Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  • Envíelos junto con una carta a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Torre I piso 1, Santiago.
  • Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio, cuya respuesta obtendrá en un plazo de 45 días.


Costo

Gratuito.

Marco legal

El Decreto Ley N° 1.757 sobre beneficios a bomberos accidentados o enfermos, producto de haber participado en un acto de servicio.

Galería de imágenes

Documentos

Relacionados en CMF Educa

Subir
Evalúa nuestro contenido