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CMF publica Circular que ajusta la normativa para la determinación de bancos sistémicos

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12/02/2024

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La normativa realiza modificaciones a las exigencias de información utilizada en la determinación de los bancos de importancia sistémica y sus respectivos cargos de capital.

Además, ajusta el Capítulo 21-11 de la Recopilación Actualizada de Normas, respecto del umbral inferior para determinar a los bancos calificados de importancia sistémica


12 de febrero de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó la Circular N° 2.343, que introduce ajustes al Manual de Sistemas de Información de bancos (MSI), con el objetivo de avanzar en el mejoramiento continuo de la calidad de la información utilizada para la determinación de los bancos de importancia sistémica y sus respectivos cargos de capital.

El índice de importancia sistémica se calcula como el promedio ponderado de las participaciones en diferentes factores (tamaño, complejidad, sustituibilidad local y complejidad) y otros sub factores, que actúan como canales de determinación de la importancia de las entidades en el sistema bancario.

La normativa, además, contempla ajustar el umbral inferior para determinar al primer grupo de bancos sistémicos, desde 1.000 puntos base a 750.

Esta modificación es consistente con estimaciones en base a información de otras jurisdicciones, considerando un margen de holgura respecto al banco sistémico con menor puntaje. Esto permite lograr mayor estabilidad en la determinación del grupo de bancos que se consideran en dicha condición en nuestro país.

La revisión de la normativa para la determinación de los bancos de importancia sistémica se realiza en el contexto de la ejecución del plan de regulación prudencial de la CMF para los años 2023-2024.

Entre el 2 y 24 de noviembre del 2023, la normativa estuvo en consulta pública. Tras el análisis de los comentarios recibidos, se modificaron los plazos máximos de exigencia de la información de los archivos normativos; se ajustó la Tabla 106; y se actualizó la Tabla 11 del MSI, que se utilizan para la construcción del mismo archivo, y se ajustó el umbral que define un banco sistémico.

Así, los archivos correspondientes a los meses del primer semestre del presente año (enero a junio de 2024) serán remitidos de manera retroactiva, debiendo enviarse excepcionalmente como máximo el noveno día hábil del mes de julio del mismo año.

Este plazo permitirá a las instituciones ajustar sus sistemas de manera de identificar los distintos componentes que se requieren para la determinación de los bancos sistémicos.

Cabe señalar que este cambio metodológico no habría tenido impacto en la determinación del grupo de bancos sistémicos que se realizó en marzo de 2023. La próxima identificación de bancos sistémicos se realizará en marzo del presente año.

Para más información, los interesados pueden ingresar a la sección Normativa del sitio web institucional. En ella encontrarán el Informe Normativo, los comentarios y respuestas que surgieron de la consulta pública, y el análisis del impacto regulatorio.

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