Término del Proceso de Portabilidad

El Nuevo Proveedor de productos y servicios financieros deberá hacer llegar al cliente, una vez realizado los pagos e instruido el cierre de productos al Proveedor Inicial, un certificado.

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¿Cómo sé que el proceso de portabilidad ha terminado?

El Nuevo Proveedor de productos y servicios financieros deberá hacer llegar al cliente, una vez realizado los pagos e instruido el cierre de productos al Proveedor Inicial, un certificado el cual debe acreditar que:

  • Efectuó el pago, en caso de ser necesario, de los productos y servicios financieros especificados en la oferta de portabilidad.
  • Requirió, cuando corresponda, al proveedor inicial el cierre o término de los productos o servicios financieros especificados en la oferta de portabilidad.

El certificado deberá acompañar una copia de la comunicación enviada por el Nuevo Proveedor al Proveedor Inicial solicitando el cierre o término de los correspondientes productos, especificando la fecha de envío de la comunicación. Igualmente, deberá acompañar los respectivos comprobantes de pago emitidos por el Proveedor Inicial, que den cuenta del pago de cada uno de los productos cerrados y terminados.

Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor Inicial deberá notificar al Cliente que productos fueron cerrados o terminados conforme a la solicitud de portabilidad.

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La Ley de Portabilidad tiene por objetivo facilitar el cambio de los productos financieros vigentes de una entidad financiera a otra, disminuyendo los costos y tiempos de los trámites y, aumentando la competencia en el mercado.

La portabilidad es un proceso que tiene varias etapas, pero en el cual distinguiremos dos modalidades: con o sin subrogación.

La Solicitud de Portabilidad Financiera es un documento (físico o digital) que manifiesta la intención de iniciar el proceso de portabilidad, identificando al Proveedor Inicial y los productos o servicios que desea portar. Esta solicitud de Portabilidad se debe presentar al Nuevo Proveedor.

Es un documento gratuito (físico o digital) otorgado por un proveedor de productos o servicios financieros

El Nuevo Proveedor de productos y servicios financieros al recibir una solicitud de portabilidad, realizará una evaluación y de acuerdo a ella le hará llegar al solicitante una oferta con las condiciones respecto de los productos y servicios a portar.

Corresponde al acto que representa la voluntad de aceptar la oferta por parte del cliente. Este acto se debe hacer por escrito, ya sea de manera física o digital, dentro del periodo de vigencia de la oferta, a través del canal de contacto especificado por el proveedor en la oferta y dentro del plazo de vigencia de esta.

Una vez aceptada la oferta del nuevo proveedor, se procede a la contratación de los productos y servicios financieros que están incluidos y aceptados en la oferta. Este paso es la operacionalización de la oferta.

Luego que los productos portados se han contratado con el Nuevo Proveedor, viene el proceso de poner término a los productos y servicios financieros con el Proveedor Inicial.

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Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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