Funciones División de Control Auditores Externos y Clasificadoras de Riesgo

a. Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de inscripción, modificación y cancelación en el Registro de Empresas de Auditoría Externa contemplada en el artículo 239 de la Ley N°18.045, de Mercado de Valores, acorde a la normativa establecida por la Comisión, así como de la información continua que esa inscripción demande.

b. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la supervisión de los servicios de asesoría crediticia que realicen los prestadores de servicios financieros, a objeto de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas, e identificar eventuales incumplimientos a las mismas. En todo caso, le corresponderá liderar la supervisión de los prestadores de servicios financieros que realicen principalmente los servicios de asesoría crediticia, con el apoyo de las unidades de la Comisión a cargo de la supervisión de las restantes actividades de tales prestadores.

c. Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de inscripción, modificación y cancelación en el Registro de Entidades Clasificadoras de Riesgo establecido en el artículo 71 de la Ley N° 18.045, acorde a la normativa establecida por la Comisión, así como de la información continua que esa inscripción demande.

d. Planificar, dirigir, coordinar y controlar la supervisión de las Empresas de Auditoría Externa, en relación con el rol de auditor externo respecto de las entidades sujetas a la supervisión de la Comisión.

e. Planificar, dirigir, coordinar y controlar la supervisión de la labor de las entidades clasificadoras de riesgo, en relación con su función de clasificación de valores de oferta pública inscritos en el Registro de Valores de la Institución.

f. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto la tramitación de los procesos de registro de las firmas evaluadoras de instituciones financieras, de acuerdo con lo previsto en los artículos 14 y 154 de la Ley General de Bancos.

g. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la supervisión de la información continua e información anual que deben proporcionar los Inspectores de Cuentas y Auditores Externos, salvo aquella que corresponda a procesos de registros, y colaborar y/o dar respuesta a consultas y peticiones que le sean requeridas por dichas entidades o por otra unidad de la Comisión, en dicho ámbito.

h. Dirigir y controlar la verificación del cumplimiento de políticas, metodologías, sistemas de control y normas profesionales de los fiscalizados bajo su competencia, asegurando estándares de independencia e idoneidad técnica.

i. Colaborar en los procesos sancionatorios de su ámbito, cuando sea requerida, en la etapa cuyo conocimiento corresponde al Consejo de la Comisión.

j. Colaborar en las consultas y peticiones en materia de desarrollo regulatorio o de interpretación de normativa, cuando sea requerida.

k. Colaborar y participar, cuando sea requerida, en requerimientos relativos a elaboración de estudios o análisis relativas a materias de su ámbito de competencia. l. Participar en la gestión de denuncias y consultas atingentes a su ámbito.

m. Desarrollar las demás funciones o actividades institucionales que le encomiende su jefatura directa.

Jefe División: Patricia Águila Maturana

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