CMF suspende actividades de Sociedad Emisora de Tarjetas CYD SA

05/04/2021

Esto por el incumplimiento del requerimiento de capital mínimo que exige la normativa del Banco Central de Chile a las sociedades no bancarias emisoras de tarjetas de crédito.

Conforme a los procedimientos establecidos en la Ley General de Bancos, la entidad no podrá otorgar créditos a sus clientes ni realizar nuevas transacciones con comercios afiliados, entre otras actividades.

Las medidas adoptadas tienen por objetivo acotar el riesgo que estos incumplimientos pudieran generar en el pago de las obligaciones que la entidad mantiene con los comercios que aceptan su tarjeta como medio de pago.


La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa la suspensión, a partir de hoy y por el plazo de 90 días, de todas las actividades de la Sociedad Emisora de Tarjetas CYD Sociedad Anónima.

Según señala la Resolución N° 1.905, la decisión adoptada por el Consejo de la Comisión se basa en el incumplimiento de la normativa del Banco Central sobre el capital y reservas mínimas que deben mantener los emisores no bancarios de tarjetas de pago.

Las medidas adoptadas por el Consejo de la Comisión en virtud de las facultades otorgadas por la Ley General de Bancos, tienen por objetivo acotar el riesgo que esta infracción pudiera generar en el cumplimiento de las obligaciones que la entidad mantiene con los comercios que aceptan la tarjeta que Sociedad Emisora de Tarjetas CYD Sociedad Anónima emite como medio de pago.

De esta manera, durante este período la entidad queda impedida de:

  1. Emitir nuevos instrumentos de pago en general, y en particular nuevas tarjetas de crédito, incluso a sus actuales tarjetahabientes;
  2. Afiliar nuevos establecimientos de comercio, y
  3. Realizar todo tipo de operaciones con las tarjetas actualmente en circulación, lo que incluye la ejecución de nuevas transacciones con comercios relacionados y no relacionados, el otorgamiento de otro tipo de créditos a sus clientes como avances en efectivo y celebrar nuevas renegociaciones.

Con las medidas adoptadas, las personas que poseen una tarjeta CYD no podrán continuar utilizándola como medio de pago. No obstante, deberán continuar con el debido cumplimiento de pago de las deudas adquiridas.

Asimismo, estas medidas no implican la suspensión de las obligaciones de pago que tiene CYD con el comercio asociado, las que deberán ser gestionadas por la administración de la sociedad emisora.

La Comisión continúa monitoreando el desempeño de la entidad y tomará las medidas que considere pertinentes en el marco de sus facultades.

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