comunicado emisión mujeres en directorios, envío de información sobre participación de mujeres en directorios de Sociedades Anónimas Abiertas y Especiales, Ley N°21.757, Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas, composición de los directorios de las Sociedades Anónimas Abiertas y Especiales, nuevo artículo 31 de la Ley de Sociedades Anónimas, información de identificación y sexo de cada uno de los integrantes que compongan el directorio, artículo primero transitorio de la Ley N°21.757,
2 de diciembre de 2025.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emite, luego de su puesta en consulta, la normativa que establece el mecanismo de envío de información respecto a la composición de los directorios de las Sociedades Anónimas Abiertas y Especiales.
Esto, según lo establecido en el nuevo artículo 31 de la Ley de Sociedades Anónimas, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley N°21.757 que establece un mecanismo para aumentar la participación de mujeres en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y especiales fiscalizadas por la CMF.
En particular, a partir del 1 de enero del 2026, las sociedades deberán remitir la información de identificación y sexo de cada uno de los integrantes que compongan el directorio. En caso de no verificarse el porcentaje máximo de representación de personas de un mismo sexo que la ley sugiere, deberá informar también las razones y fundamentos de dicho incumplimiento. Tal como señala la ley, la CMF deberá publicar esta información íntegramente en su sitio web, sin pronunciarse respecto del mérito de esas razones o fundamentos.
Según lo establece el artículo primero transitorio de la Ley N°21.757, el porcentaje mencionado será de 80% para los años 2026, 2027 y 2028, luego 70% durante los años 2029, 2030 y 2031, para finalmente el año 2032 llegar al 60%.
La normativa contempla que, a más tardar el 31 de enero de 2026, las sociedades deberán remitir a la CMF la información respecto a la composición actual de su directorio, a través de CMF Supervisa.
Para facilitar el cumplimiento de la obligación legal, la CMF dispondrá en su sitio web institucional la lista de sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales fiscalizadas que deben dar cumplimiento a las obligaciones de información contenidas en la norma.
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