En caso de muerte del accidentado la indemnización por muerte del SOAP se pagará a los beneficiarios del fallecido, en el siguiente orden de precedencia:
- El Cónyuge sobreviviente;
- Los hijos menores de edad;
- Los hijos mayores de edad;
- Los padres;
- La madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido, y
- A falta de las personas antes indicadas, la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de heredero.
Por lo tanto, el conviviente civil sobreviviente sólo podrá recibir dicha indemnización como heredero, en el evento que no exista ninguno de los 4 primeros beneficiarios arriba mencionados.
Del mismo modo operará si el accidente es causado por un vehículo con matrícula extranjera, que tiene contratado el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales causados por Vehículos Motorizados con matrícula extrajera (SOAPEX).