Funciones Dirección General de Supervisión de Conducta de Mercado

a. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de la Dirección de Transparencia de Mercado de Valores, Dirección de Supervisión de Conducta de Mercado de Entidades Financieras, Dirección de Reclamaciones de Clientes Financieros, Dirección de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión, Dirección de Supervisión de Abusos de Mercado e Infraestructuras Financieras y el Área de Supervisión de Información de Finanzas Sostenibles, divisiones y departamentos, todos a su cargo, de acuerdo a la normativa legal vigente y los lineamientos definidos para la Dirección General, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión.

b. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la supervisión de la conducta de mercado, promoviendo el cuidado de la fe pública en relación con la conducta de mercado de las entidades fiscalizadas por la Comisión.

c. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto la tramitación de las solicitudes de inscripción en, y modificación de, los registros públicos encomendados a la Comisión y las autorizaciones de existencia que por ley ésta deba tramitar, que no sean de competencia de otra unidad de la Comisión.

d. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto la tramitación de las solicitudes de inscripción, modificación y cancelación de letras de crédito emitidas por bancos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 91 y siguientes de la Ley General de Bancos.

e. Dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que sean necesarias para que el Consejo de la Comisión cuente con toda la información que haya requerido para actuar de oficio de conformidad a lo establecido en el artículo 40 de la Ley sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, aprobada por el artículo primero de la Ley N°20.712, respecto de hechos de los que el Director General haya tomado conocimiento y que, en su opinión, ameriten el Consejo ejerza la citada atribución.

f. Dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que sean necesarias para calificar la gravedad de las infracciones constatadas mediante fiscalización efectuada de conformidad a lo establecido en la Resolución N° 5.063 de 10 de agosto de 2022, conforme a la cual corresponde a la Comisión para el Mercado Financiero y la Superintendencia de Pensiones calificar de forma conjunta si los hechos constatados pudieren constituir infracciones graves a las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N°3.500 referidas a los asesores financieros previsionales y las entidades de asesoría financiera previsional.

g. Colaborar y participar en las consultas y peticiones en materia de relacionamiento con fiscalizados, inversionistas, depositantes, asegurados, clientes bancarios, público general, entes reguladores nacionales y extranjeros, organismos nacionales y extranjeros, y en materia de educación financiera, cuando sea requerida, en el ámbito de su competencia.
h. Dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades que tengan por objeto establecer convenios o memorandos de entendimiento con organismos y reguladores nacionales o extranjeros, en el ámbito de su competencia.

i. Coordinar y derivar a la Unidad de Investigación los casos de potenciales incumplimientos o infracciones por parte de las entidades fiscalizadas por la Comisión en el ámbito de sus funciones, identificadas por las respectivas Direcciones de la Dirección General.

j. Colaborar en los procesos sancionatorios de su ámbito, cuando sea requerida, en la etapa cuyo conocimiento corresponde al Consejo de la Comisión.

k. Participar en la gestión de denuncias y consultas atingentes a su ámbito.

l. Colaborar y dar respuesta a consultas y peticiones que le sean requeridas por otra unidad de la Comisión, en el ámbito de su competencia.

m. Desarrollar las demás actividades institucionales que le encomiende el Presidente y el Consejo de la Comisión.

Director General: Daniel García Schilling

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