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Comisión para el Mercado Financiero y Superintendencia de Pensiones emiten norma con nuevas tablas de mortalidad

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24/02/2023

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Una vez terminado el proceso de consulta pública y tras las reuniones sostenidas con el equipo técnico de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la CMF y la SP publicaron la norma que fija las nuevas tablas de mortalidad que se aplicarán para el cálculo de pensiones de retiro programado y reservas técnicas de rentas vitalicias a contar del 1 de julio de este año.

La importancia de la actualización de las tablas de mortalidad radica en la necesidad de reflejar los cambios en las expectativas de vida de la población y asegurar una adecuada distribución del ahorro previsional para que los pensionados por retiro programado y de rentas vitalicias reciban las pensiones comprometidas durante el resto de su ciclo de vida.

Las nuevas tablas de mortalidad no tienen efecto alguno para las personas que ya se encuentran pensionadas, así como tampoco para la aplicación y entrega de la Pensión Garantizada Universal (PGU).


24 de febrero de 2023.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y la Superintendencia de Pensiones (SP) emitieron la norma que establece las nuevas tablas de mortalidad que estarán vigentes para el período 2023-2029, de acuerdo con lo establecido en el D.L. N° 3.500, de 1980 y el DFL N° 251, de 1931.

Lo anterior, luego de realizado el proceso de consulta pública, entre el 6 de septiembre y 7 de noviembre de 2022, y tras las reuniones sostenidas con el equipo técnico de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en diciembre pasado.

Las tablas de mortalidad se utilizan para calcular la pensión de las y los afiliados y beneficiarios que se van a pensionar en la modalidad de retiro programado; para determinar las reservas técnicas que las compañías de seguros de vida deben constituir para respaldar las rentas vitalicias de las y los asegurados y sus beneficiarios; y para calcular los aportes adicionales del seguro de invalidez y sobrevivencia y las reservas para respaldar el pago de dichos aportes.

La importancia de la actualización de las tablas de mortalidad radica en la necesidad de reflejar adecuadamente los cambios en las expectativas de vida de la población que se va a pensionar y asegurar una adecuada distribución de su ahorro previsional para que los pensionados por retiro programado y de rentas vitalicias reciban las pensiones comprometidas a lo largo del resto de su ciclo de vida.

Las nuevas tablas de mortalidad comenzarán a regir el 1 de julio de 2023 y no tienen efecto alguno sobre las personas que ya se encuentran pensionadas, así como tampoco para la aplicación y entrega de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Proceso de actualización

Desde 2014, el proceso de actualización de las tablas de mortalidad considera la colaboración de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), con el objeto de incorporar las mejores prácticas internacionales y la aplicación de nuevas metodologías en la materia.

Las actualizaciones de las tablas de mortalidad estiman una expectativa de vida a 2023 de 86,6 años para un pensionado hombre de 65 años de edad y de 90,8 años para una pensionada mujer de 60 años de edad.

Respecto de las tablas vigentes desde 2016, esto equivale a un aumento de aproximadamente seis meses en la expectativa de vida en el caso de los hombres y una disminución de cerca de cinco meses para las mujeres.

La aplicación de las nuevas tablas llevará a que, en el caso de los hombres de 65 años, la primera pensión por retiro programado será un 1,7% menor respecto de lo que habrían recibido en caso de no reconocerse la mayor expectativa de vida.

En el caso de las mujeres de 60 años, la primera pensión por retiro programado será un 0,8% más alta que la que habrían recibido de no haberse actualizado la expectativa de vida.

La actualización de las tablas significará también un incremento de 0,14% en las reservas técnicas asociadas a las rentas vitalicias.

La actualización de tablas de mortalidad para el período 2023-2029 mantiene la edad máxima posible de 110 años para una persona pensionada y reconoce que la probabilidad de alcanzar esa edad máxima es muy baja.

De esta manera, con las nuevas tablas se estima que, en 2023, un hombre de 65 años tiene un 0,02% de probabilidad de llegar a los 110 años, (esto es equivalente a decir que 2 de cada 10.000 hombres llegarían a esa edad).

A su vez, para una mujer de 60 años, en 2023, la probabilidad de alcanzar los 110 años es de un 0,22% (es decir, 2,2 de cada 1.000 mujeres llegarían a los 110 años de edad). En ambos casos, estas probabilidades no tienen variación significativa respecto de las tablas vigentes.

Componentes de las tablas

Cabe destacar que las tablas de mortalidad tienen dos componentes:

  • La tasa de mortalidad estimada en función de la experiencia observada en el periodo más reciente de la población de pensionados; y,
  • Los factores de mejoramiento que van ajustando estas tasas en la medida que la mortalidad va disminuyendo producto de avances médicos y mejoras en la calidad de vida.

Respecto de los factores de mejoramiento, en este proceso de actualización se consideró un cambio metodológico según el cual las tasas de mejora en la mortalidad en el largo plazo no mantendrán los niveles observados en los últimos años y, en cambio, convergerán a un nivel menor en el futuro.

Lo anterior provocó que los ajustes a las tasas de mortalidad tuvieran un menor impacto en la estimación de la expectativa de vida. Particularmente, en el caso de las mujeres esto significó una disminución de la expectativa de vida y, por tanto, un leve aumento en la estimación de la primera pensión por retiro programado.

Tablas vigentes y efecto COVID-19

Las actuales tablas de mortalidad se aplican desde julio de 2016. Diversos reguladores a nivel internacional establecen un proceso de actualización de tablas dentro de periodos acotados, que van entre cinco y diez años.

El objetivo principal de este proceso es que las tablas reflejen adecuadamente las expectativas de vida de la población en el sistema de pensiones. Para ello se efectúa periódicamente una revisión de los supuestos metodológicos y los parámetros utilizados en este cálculo.

En los últimos dos años, la pandemia del COVID-19 tuvo un impacto importante en los índices de mortalidad, evidenciado en un aumento en el número de fallecimientos.

Aunque dichos impactos persisten, es razonable esperar que tengan un efecto significativo solo en la mortalidad de corto plazo y que, en su mayoría, sean temporales.

De esta forma, de acuerdo con el análisis conjunto de la CMF y la SP, en colaboración con la OCDE, se prevé que en los próximos años la expectativa de vida regrese a la trayectoria previa a la pandemia, por lo que la mayor mortalidad experimentada durante 2020-2022 no debería ser considerada para la construcción de las nuevas tablas, las cuales comenzarán a regir el 1 de julio de 2023.

Tanto las bases de datos a partir de las cuales se construyen las tablas de mortalidad, como las propias tablas, se encuentran publicadas en la sección Información fiscalizados / Información General / Mercado de Seguros / Tablas de Mortalidad del sitio web de la CMF, mientras que en el caso de la SP, están disponibles en www.spensiones.cl / Estadísticas e Informes / Estadísticas y bases de datos / Acceso a bases de datos / Acceso a bases de datos públicas.

Por su parte, la Norma de Carácter General se encuentra disponible en la sección Normativa Global del sitio web de la CMF. En tanto, en el sitio web de la SP está disponible en Fiscalización y Regulación / Regulación / Normativa del Sistema de Pensiones / Normas de carácter general Sistema de Pensiones / Sistema de AFP y Pilar Solidario.

Norma de Carácter General Nº 495

Informe Normativo

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