¿Cómo se endosa un Cheque?

Hay ciertos requisitos indispensables para endosar (transferir) este tipo de documento.

Foto ¿Cómo se endosa un Cheque?

El endoso es la firma al dorso de un cheque, por la que el beneficiario lo transfiere en dominio, lo entrega en cobro o lo constituye en prenda. Gracias a eso, el cheque puede ser cobrado por la persona que lo recibe.

Todo endoso debe ser firmado por la persona que lo extiende y la firma hecha por mandato de otro debe indicar esa circunstancia. Adicionalmente, un cheque endosado puede ser reendosado mediante una segunda firma.

Sólo se pueden endosar los cheques que se haya girado a la orden. El cheque nominativo sólo podrá ser endosado a un Banco en comisión de cobranza.

Ahora bien, las personas jurídicas que endosen cheques deben completar el endoso con la expresión "por poder" o "p.p" e indicar claramente el nombre de la empresa o institución por escrito o con un timbre. Los cheques que no cumplan con este requisito deberán protestarse por endoso incompleto.

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Imagen del reverso de un Cheque endosado.

Más información sobre cheques endosados se puede encontrar en el punto 7 del Título III del Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF y en la Ley de cuentas corrientes bancarias y cheques (DFL Nº 707).

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El cheque es una orden escrita y girada contra un banco para que se pague el monto total indicado en el mismo.

Este cheque solo puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre se extendió o por quien lo reciba de esta mediante endoso.

Este cheque no puede endosarse y solo la persona que aparece individualizada en él puede cobrarlo.

Este tipo de cheques, cuya condición no puede alterarse, solo puede depositarse en la cuenta corriente del beneficiario.

Los plazos máximos de cobro varían dependiendo de la moneda y lugar de emisión del cheque.

Protestar un cheque es dejar testimonio de que fue presentado a cobro y no pagado por el banco, lo que puede suceder por diversos motivos.

Este tipo de cheque es abierto y, por lo tanto, se paga a cualquier persona que lo presente a cobro.

Comprobar la identidad de quien cobra un cheque es obligación legal de los bancos.

Los cheques reciben una denominación de acuerdo a la forma en que se llenan.

Un cheque se endosa para entregarlo a otra persona que lo cobrará.

Si al cobrarse un cheque no existen fondos para pagarlo, debe ser protestado.

Si una persona exhibe problemas de pago de cheques, lo más probable es que no le reciban los cheques que quiera emitir.

Cuando un cheque es presentado a cobro en el banco y no existen fondos para pagar íntegramente el monto que indica, éste debe ser protestado.

No existe legalmente lo que comúnmente se llama "cheque a fecha".

Términos relacionados

Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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