1. Mediante hecho esencial de fecha 24 de septiembre de 2013, su representada comunicó que tomó conocimiento de la suscripción de un Memorándum de Acuerdo entre Inversiones Corp Group Interhold Limitada e Inversiones La Construcción S.A., el que entre otros temas acuerda que está última adquiera, sujeto a due dilligence, el 67% de las acciones de la sociedad Corp Group Vida Chile S.A. , la suscripción de un Pacto de Accionistas, otorgamiento a los vendedores de opciones de compra de ciertos activos y que estimaban que la operación se concretaría antes del 30 de noviembre de 2013.
2. Con fecha 19 de noviembre 2013, se comunicó que el 18 de noviembre de 2013 se efectuó la enajenación del 67% de las acciones de Corp Group Vida Chile S.A. a la sociedad Inversiones La Construcción S.A. , señalando que su representada, post transacción quedaría con un 27,17599% de la propiedad de Corp Group Vida Chile S.A..
3. En la información financiera, al 30 de septiembre de 2013, indica que como consecuencia del incumplimiento del ratio "Collateralization Ratio" las actividades de Corp Group Banking S.A. se encuentran restringidas, en particular las relacionadas con los "pagos restringidos".
En relación a los puntos 1. y 2. anteriores, esta Superintendencia solicita informar al respecto, detallando el número de acciones vendidas por la sociedad de su gerencia, montos involucrados, efectos financieros de la transacción, principales características del pacto y cualquier otro antecedente que estime pertinente para un mejor entendimiento de la operación.
Respecto del punto 3. deberá aclarar si los "pagos restringidos" es la única actividad que se encuentra afectada producto del incumplimiento del ratio, considerando todas aquellas mencionadas en la Nota respectiva, entre las que se cuentan: incurrir en nueva deuda; distribución dividendos en CorpBanca; venta de activos; fusión, consolidación o venta de activos; limitación en el desarrollo de negocios; otorgar gravámenes o garantías; y, realizar transacciones entre empresas relacionadas.
La información solicitada deberá ser remitida a este Servicio dentro del plazo de un día hábil a contar de la notificación del presente Oficio, haciendo mención expresa en su respuesta al número de Oficio y fecha de éste.