Desde la inscripción, que se acredita por la emisión del Certificado de Inscripción en el Registro de Corredores de Seguros Generales y de Vida.
¿Desde qué momento se pueden intermediar seguros?
Desde la inscripción, que se acredita por la emisión del Certificado de Inscripción en el Registro de Corredores de Seguros Generales y de Vida.