SVS solicita información a compañías de seguros para agilizar trámites de asegurados y monitorear efectos del terremoto en la industria

01/03/2010

Con motivo del terremoto que afectó la zona centro y sur del país el sábado 27 de febrero, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) requirió a las compañías de seguros la siguiente información para ser enviada a más tardar el 02 de marzo de 2010.

1. Medidas especiales que la compañíaadoptaría para agilizar los procedimientos de atención a los clientes, formas de realizar la denuncia de siniestro e iniciarse el procedimiento de liquidación y coordinación con los liquidadores que se designen.

2. Remitir a la SVS las direcciones electrónicas, páginas web, teléfonos,dirección de las sucursales y otros medios de contacto que se han dispuesto para la recepción y canalización de las inquietudes del público, a fin de ser informado en la página web institucional www.cmfchile.cl.

3. Situaciones, contingencias o dificultades relacionadas con la atencióna los asegurados, especialmente en las zonasmás afectadas por el terremoto.

4. Otras medidas que la compañía pudiera informar a esta Superintendencia, con el objeto de brindar un servicio oportuno, ágil y expedito a los asegurados.

Asimismo, con el objeto de evaluar las obligaciones a que están expuestas las compañías de seguros generales esta Superintendencia solicitó informar a los siguientes antecedentes:

1. Para los ramos de terremoto, incendio a causa de terremoto y cualquier otro que incluya adicional de terremoto, y ramos y adicionales de riesgo de la naturaleza, tales como, salida de mar, se requirió al 27 de febrero de 2010 los datos señalados a continuación, separado por regiones, desde la V a la IX, la XIV y la Región Metropolitana:

- N° de pólizas vigentes
- Montos asegurados
- Retención en función de montos asegurados
- Reservas ordinarias y extraordinarias en forma separada.

La información anterior, se deberá además entregar separada por comunas, el día 15 de marzo del año en curso.

2. Las compañías de seguro deberán comunicar a la SVS los días lunes de cada semana, a contar del 8 de marzo próximo, los siniestros denunciados durante la semana inmediatamente anterior, para los ramos y adicionales indicados en el número 1, señalando el monto asegurado, bruto y retenido, el reasegurador y porcentaje de participación de éste.

3. Las aseguradoras deberán informar a la SVS una estimación del efecto que el terremoto provocará en la solvencia de la entidad, específicamente los montos de siniestros brutos y netos de reaseguro asociados y su impacto en el patrimonio y endeudamiento de la empresa, como también en la liquidez de la misma para efectuar los pagos respectivos.

4. Además se deberá comunicar a la SVS cualquier información adicional relevante respecto del sismo y sus efectos en la responsabilidad de la compañía, al momento que se tome conocimiento de ella.

La SVS concedió hasta el 04 de marzo de 2010 para que las entidades aseguradoras envíen los antecedentes requeridos en el número 1 anterior. Para la instrucción del número 3, se concede plazo hasta el lunes 08 de marzo; a partir de dicha fecha deberá actualizarse hasta el viernes precedente y entregarse esta información en los mismos términos indicados, cada dos semanas, comenzando el lunes 22 de marzo.

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