SVS somete a comentarios finales nuevas normas de custodia, préstamos de valores y requerimientos patrimoniales para intermediarios

13/11/2009

La custodia podrá ser mantenida en cuentas individuales o en cuentas segregadas con auditoria de proceso. Se incorporan requerimientos patrimoniales por varios conceptos, entre los que se incluyen tamaño de la custodia y operaciones con terceros relacionados.

Se establecen nuevos requisitos de operación para la actividad de préstamo de valores.

Luego de varios meses de intenso trabajo, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) puso en consulta al público en su sitio web, (http://www.cmfchile.cl/sitio/legislacion_normativa/normativa_tramite.php) dos nuevas normas y la modificación de la Norma de Carácter General Nº 18, destinadas a perfeccionar el resguardo de los valores mantenidos en custodia por corredores de bolsa y agentes de valores, así como incrementar los estándares en las actividades que éstos realicen.

Lo anterior, tras el análisis de los comentarios recibidos a los proyectos publicados previamente y el correspondiente proceso interno lo que condujo al desarrollo de los cambios que se comunican al mercado en esta oportunidad.

La primera norma establece requerimientos para la prestación del servicio de custodia de valores de terceros, señalando las siguientes opciones para ser adoptadas por parte de los intermediarios de valores con sus clientes:

a) Depositar los valores mantenidos en custodia en cuentas individuales abiertas en entidades de depósito y custodia de las reguladas por la Ley N° 18.876.

b) Mantener cuentas segregadas en el Depósito Central de Valores (DCV) y realizar una revisión, por parte de auditores externos, de los procesos y controles asociados a esta actividad.

Además, esta norma estipula la obligación de efectuar, a través de auditores externos, un proceso de revisión de los saldos de valores de terceros que mantiene en custodia a una fecha determinada. Asimismo, se establecen requerimientos de información al cliente y la restandarización de los contratos de custodia.

Las modificaciones que se incorporarán a la Norma de Carácter General N° 18 establecen nuevas condiciones patrimoniales, relacionadas con el monto de la custodia, operaciones con relacionados no fiscalizados y operaciones financieras como forwards o simultáneas, entre otras. Asimismo, se reconocen en los actuales índices los distintos riesgos involucrados en tales actividades.

La propuesta además, contiene precisiones respecto de criterios que se deben emplear en la determinación de los índices de patrimonio, liquidez y solvencia, lo que permitirá que éstos reflejen de mejor manera la situación patrimonial, liquidez y endeudamiento del intermediario.

La segunda norma puesta en consulta reglamenta el préstamo de valores. De acuerdo a esta disposición, los intermediarios podrán realizar operaciones con valores de terceros mantenidos en custodia, únicamente cuando el cliente lo haya autorizado de forma expresa, mediante la firma de un anexo al contrato de custodia, el cual deberá revelar adecuadamente los riesgos y condiciones asociados a dicho préstamo.

Adicionalmente, los préstamos de los valores de propiedad de los clientes deberán ser registrados en sistemas formales de préstamos de valores, cuya reglamentación considere la constitución de garantías que respalden la devolución oportuna de los valores entregados en préstamo. Asimismo se deberá informar en forma detallada al cliente sobre los valores en préstamo y la remuneración asociada a dicho préstamo.

Las normas propuestas estarán disponibles para comentarios hasta el día 11 de diciembre.

Origen de las normas


A mediados de 2008 la SVS inició un proceso de revisión de las normas que regulan el servicio de custodia de valores de terceros ofrecido por los intermediarios de valores. Este proceso incluyó entre otras actividades, la solicitud a las bolsas de valores de una propuesta de mejoras a la normativa vigente; la consulta al Depósito Central de Valores, respecto a la posibilidad de
implementar el servicio de cuentas individuales masivas; al igual que una serie de reuniones con representantes de estas entidades y de otros participantes del mercado.

Producto de lo anterior y del análisis interno de la SVS, se determinó la necesidad de emitir nuevas disposiciones destinadas a mejorar los mecanismos de resguardo de los valores mantenidos en custodia por corredores de bolsas y agentes de valores.

Todos estos esfuerzos normativos forman parte del plan estratégico de modernización del mercado bursátil propuesto en la publicación "El Reto de Modernizar el MMercado Bursátil: Cinco Principios" publicado por la SVS en Mayo de 2009.

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