SVS emite normativa para inversionistas calificados y oferta pública de valores extranjeros en chile

13/06/2008

Intermediarios y bolsas de valores podrán patrocinar la inscripción de valores extranjeros en Chile. Normativa eleva requisitos para "Inversionistas Calificados" y entrega mayor grado de responsabilidad a intermediarios de valores en la determinación de perfiles de riesgo de clientes.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió hoy tres nuevas normativas en las cuales se incorporaron las modificaciones hechas a la Ley de Valores por la reciente reforma al mercado de capitales (MK2), y se introdujeron cambios que buscan agilizar y ofrecer nuevas alternativas de inversión al mercado de valores chileno.

Dos de las nuevas normas están referidas a la oferta pública de valores extranjeros en Chile y una tercera revisa los requerimientos necesarios para adquirir la calidad de "Inversionistas Calificados".

En el caso de las dos primeras, el Superintendente de Valores y Seguros, Guillermo Larraín, destacó que la normativa fue simplificada y permitirá una participación más activa de otros actores del mercado, "ya que no sólo los emisores extranjeros podrán inscribir sus respectivos valores en Chile como era hasta ahora sino que estos valores también podrán ser inscritos en nuestro mercado por intermediarios o bolsas chilenos que los quieran patrocinar".

Además las nuevas normas agilizarán la inscripción en Chile de valores extranjeros, estableciendo que podrán ser inscritos todos aquellos que pertenezcan a los mercados que integran la International Organization of Securities Commissions (IOSCO). "Hemos podido eliminar y reducir una serie trámites, tiempos y costos asociados, que antes dificultaban un proceso expedito", explicó la autoridad.

La norma distingue a mercados o segmentos de mercado, que tienen carácter de "reconocidos" por la SVS y que corresponden a aquellos que tienen similares regulaciones a las chilenas. Sus valores podrán ser adquiridos por cualquier inversionista nacional en tanto que en el caso de valores extranjeros que no pertenezcan a mercados reconocidos por la SVS -pero que participen
en IOSCO-, también podrán ser transados en Chile, con la distinción de que estarán dirigidos exclusivamente a los Inversionistas Calificados.

La nómina de lo mercados reconocidos por la SVS estará permanentemente actualizada y disponible en su sitio web (www.cmfchile.cl), ya que la autoridad se encuentra verificando las condiciones que ofrecen los distintos mercados, especialmente latinoamericanos, tales como Brasil, Colombia, México y Perú, entre otros.

En el caso de la nueva Norma de Carácter General N° 216, se redefinen las obligaciones y condiciones que deben cumplir los "Inversionistas Calificados". Asimismo, obliga a los intermediarios de valores, corredores de bolsas de productos y administradoras de fondos, a contar con políticas y procedimientos que aseguren que quienes invierten bajo esta calidad, tengan el perfil de riesgo y conocimiento adecuado para realizar inversiones con mayor grado de
sofisticación.

"Se elevan los estándares que se requieren para acceder a esa calidad, a fin de que éstos sean efectivamente inversionistas capaces de comprender cabalmente los riesgos asociados a sus decisiones de inversión", señaló el Superintendente Larraín, precisando que, pero por otra parte, al tener un piso de exigencias más elevado, se flexibilizarán las ofertas a las cuales ellos pueden acceder, ampliando su gama de alternativas de inversión.

"Nos parece que en un mercado que necesita más innovación, una buena forma de inducir eso es a través del segmento de inversionistas calificados, en el sentido que establece la norma", concluyó el Superintendente Larraín.
 

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