ESTADISTICAS DIARIAS DEL VALOR DE LA UNIDAD DE FOMENTO 									
Y COTIZACION DEL DOLAR (en pesos )									
									
					COTIZACION DEL DOLAR				
		UNIDAD DE		OBSERVADO (1)		REFERENCIA (2)			
	Da	FOMENTO 		Acdo. N1.458		Acdo. N227 			
									
									
2006									
	10 de agosto	"18,274.19"		543.72		591.65			
	11 de agosto	"18,277.13"		545.36		592.75			
	12 de agosto	"18,280.07"		-		-			
	13 de agosto	"18,283.01"		-		-			
	14 de agosto	"18,285.95"		541.88		592.93			
	15 de agosto	"18,288.90"		-		-			
	16 de agosto	"18,291.84"		541.87		591.96			
	17 de agosto	"18,294.78"		536.17		591.85			
	18 de agosto	"18,297.73"		530.69		592.45			
	19 de agosto	"18,300.67"		-		-			
	20 de agosto	"18,303.61"		-		-			
	21 de agosto	"18,306.56"		532.01		591.84			
	22 de agosto	"18,309.51"		530.92		592.78			
	23 de agosto	"18,312.45"		531.18		592.70			
	24 de agosto	"18,315.40"		532.22		592.77			
	25 de agosto	"18,318.34"		534.49		593.49			
	26 de agosto	"18,321.29"		-		-			
	27 de agosto	"18,324.24"		-		-			
	28 de agosto	"18,327.19"		537.03		593.29			
	29 de agosto	"18,330.14"		537.07		593.24			
	30 de agosto	"18,333.09"		538.12		593.04			
	31 de agosto	"18,336.04"		537.77		593.02			
	1 de septiembre	"18,338.99"		539.61		593.80			
	2 de septiembre	"18,341.94"		-		-			
	3 de septiembre	"18,344.89"		-		-			
	4 de septiembre	"18,347.84"		539.29		592.88			
	5 de septiembre	"18,350.79"		536.63		593.28			
	6 de septiembre	"18,353.75"		537.56		593.72			
	7 de septiembre	"18,356.70"		540.01		594.25			
	8 de septiembre	"18,359.65"		540.80		594.66			
	9 de septiembre	"18,362.61"		-		-			
	10 de septiembre	"18,364.44"		-		-			
	11 de septiembre	"18,366.28"		539.53		594.64			
	12 de septiembre	"18,368.11"		540.19		594.76			
	13 de septiembre	"18,369.95"		538.11		595.01			
	14 de septiembre	"18,371.78"		537.61		594.88			
	15 de septiembre	"18,373.61"		537.62		595.20			
	16 de septiembre	"18,375.45"		-		-			
	17 de septiembre	"18,377.28"		-		-			
	18 de septiembre	"18,379.12"		-		-			
	19 de septiembre	"18,380.95"		-		-			
	20 de septiembre	"18,382.79"		537.19		595.27			
	21 de septiembre	"18,384.63"		537.71		594.82			
	22 de septiembre	"18,386.46"		539.32		594.18			
	23 de septiembre	"18,388.30"		-		-			
	24 de septiembre	"18,390.13"		-		-			
	25 de septiembre	"18,391.97"		539.91		594.78			
	26 de septiembre	"18,393.81"		539.66		595.31			
	27 de septiembre	"18,395.64"		538.13		595.57			
	28 de septiembre	"18,397.48"		537.30		595.70			
	29 de septiembre	"18,399.32"		538.22		596.10			
	30 de septiembre	"18,401.15"		-		-			
	1 de octubre	"18,402.99"		-		-			
	2 de octubre	"18,404.83"		537.03		595.84			
	3 de octubre	"18,406.67"		533.90		595.65			
	4 de octubre	"18,408.51"		534.20		596.21			
	5 de octubre	"18,410.34"		535.13		596.01			
	6 de octubre	"18,412.18"		536.91		597.00			
	7 de octubre	"18,414.02"		-		-			
	8 de octubre	"18,415.86"		-		-			
	9 de octubre	"18,417.70"		-		-			
									
									
									
"(1) El Comit Ejecutivo del Banco Central, en sesin 1.458.de 06-08-82 acord publicar diariamente el tipo de cambio del dlar USA en funcin de las tran- "									
sacciones efectuadas por empresas bancarias el da hbil bancario anterior. Este tipo de cambio se utiliza para establecer el monto en pesos que correspon-									
"da pagar por concepto de derechos aduaneros y otros gravmenes o impuestos en relacin al valor de las monedas extranjeras, adems de otras determina-"									
ciones de carcter aduanero o tributario que corresponda efectuar.									
"(2) El Consejo del Banco Central, en sesin 227 de 03-07-92 acord que el tipo de cambio para las operaciones que realice dicho Organismo en el mercado "									
"de divisas, se determinar sobre la base de una ""canasta referencial de monedas"" (CRM), compuesta por 0,3497 unidades de dlares estadounidenses; "									
"0,3182 unidades de marcos alemanes y 17,45 unidades de yenes japoneses. El valor as fijado para el 03-07-92, fue de $ 271,41, el que se reajusta dia-"									
"riamente a partir de esa misma fecha segn la variacin que experimente  la UF y al cual se le deduce diariamente, un importe equivalente a la tasa de infla-"									
cin externa que el Consejo del Banco Central estime para el perodo respectivo.									
									
