CODIGO	:	0322

NOMBRE	:	NUMERO DE DEUDORES Y MONTO DE SUS OBLIGACIONES (POR TRAMO DE DEUDA TOTAL)

SISTEMA ORIGEN	:	DEUDORES


Este Archivo contiene el Numero de deudores y el Monto (en MM$) de las deudas por Tramo de deuda total, y en moneda chilena y extranjera.


Estructura de los registros

1.	Tramo de deuda..............................	9(03)
2.	Nro. de deudores del Tramo..................	9(10)
3.	Nro. de deudores acumulado..................	9(10)
4.	Monto de deuda del Tramo....................	9(10)
5.	Monto de deuda acumulado....................	9(10)
6.	Nro.deudores en MCH  .......................	9(10)
7.	Monto deuda en MCH..........................	9(10)
8.	Nro.deudores en MEX.........................	9(10)
9.	Monto deuda en MEX..........................	9(10)


Definicion de Terminos

1.TRAMO DE DEUDA.

001 : Hasta 20 U.F.
002 : Mas de 20 U.F. Hasta 50 U.F.
003 : Mas de 50 U.F. Hasta 200 U.F.
004 : Mas de 200 U.F. Hasta 400 U.F.
005 : Mas de 400 U.F. Hasta 1.000 U.F.
006 : Mas de 1.000 U.F. Hasta 3.000 U.F.
007 : Mas de 3.000 U.F. Hasta 10.000 U.F.
008 : Mas de 10.000 U.F. Hasta 50.000 U.F.
009 : Mas de 50.000 U.F. Hasta 200.000 U.F.
010 : Mas de 200.000 U.F. Hasta 500.000 U.F.
011 : Mas de 500.000 U.F.
 012 : Total

2.NUMERO TOTAL DE DEUDORES.
Si una persona tiene deudas en varias instituciones, se la considera una sola vez, por lo tanto, el total corresponde al total de deudores del Sistema Financiero.
El numero total de deudores no es igual a la suma de los deudores en moneda chilena y extranjera porque el resultado de esa suna puede caer en un tramo mayor, debido a que si una persona tiene deudas en moneda chilena y extranjera se la considera como deudor en cada moneda.


Notas

El Total del Sistema Financiero:
Comprende solo las obligaciones de los deudores de las empresas bancarias y las sociedades financieras.
Se considera el monto de capital, reajustes e intereses correspondientes a las colocaciones efectivas, en letras de credito, contingentes y vencidas; la cartera vendida al Banco Central y las inversiones afectas al margen Art 84 y 85 de la Ley General de Bancos.
Se excluyen las colocaciones interbancarias y los deudores directos del Banco Central.

Los saldos de deudas en moneda extranjera se han convertido al tipo de cambio de representacion contable a la fecha que se informa.
