Nombre del trámite
Solicitud de alzamiento de hipoteca.
Marco Legal
Art. 114 Ley de Sociedades Anónimas.
Art. 130 Ley General de Bancos.
Descripción
Es un trámite realizado por un tercero - persona natural o jurídica - para alzar una hipoteca constituida en su oportunidad en favor de un banco que actualmente se encuentra liquidado y respecto del cual, el Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero asumió personalmente el carácter de liquidador.
Debido a la contingencia por el contagio del Coronavirus (COVID-19), no se está atendiendo público en las oficinas de la Comisión hasta nuevo aviso.
A quién está dirigido
Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas.
Paso a paso: trámite en oficina
Debido a la contingencia por el contagio del Coronavirus (COVID-19), no se está atendiendo público en las oficinas de la Comisión hasta nuevo aviso.
Persona Natural o Jurídica presenta solicitud de alzamiento junto con el certificado de gravámenes e hipotecas emitido por el conservador de bienes raíces respectivo y copia de la cédula de identidad del solicitante.
En caso de actuar a través de mandatario o representante legal, se deberá acompañar mandato o poder notarial otorgado al efecto.
Resultado del Trámite
Obtención de la escritura pública de alzamiento firmada por el Presidente de la CMF, la cual debe retirarse en la notaría que se indica en la comunicación que informa respecto del mismo trámite.
Plazo de Respuesta
No estipulado
Medio en que se informa la respuesta
Escrito.
Información relacionada
El alzamiento propiamente tal lo realiza el Conservador de Bienes Raíces y en esa gestión no interviene la CMF.
Costo
No tiene costo.