Preguntas frecuentes

Si soy una entidad nueva, o no pertenecía al registro de la CMF ¿Puedo ingresar a CMF Supervisa?

En este caso, al momento de solicitar su autorización de existencia o la inscripción en uno de los registros de la CMF, según corresponda, deberá ingresar la información de su representante legal a efectos de que se le otorgue acceso a CMF Supervisa.

Si le corresponde enviar información a la CMF por una disposición legal o normativa sin que su regulación requiera que la entidad o sus valores se encuentren inscritos en los registros que lleva este Servicio o que solicite autorización de existencia a la Comisión, deberá efectuar una solicitud en los términos establecidos en la sección II de la NCG N°515, de manera previa al primer envío de información, a efectos de poder acceder a la plataforma.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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