Preguntas frecuentes

¿Quiénes pueden acceder a este programa?

Personas y empresas que cumplan con los requisitos establecidos en la reglamentación:

  • Ventas anuales netas de IVA de hasta UF 1 Millón.
  • No encontrarse en situación de mora en el sistema bancario. Durante los siguientes
  • periodos:
  • Micro y pequeñas empresas que no tuviesen una mora superior a 30 días al 31 de
  • octubre de 2019.
  • Empresas medianas o grandes que no tuviesen una mora superior a 30 días al 31 de
  • marzo de 2020.
  • Empresas que no estén sujetas a un procedimiento concursal destinado a reorganizar y/o
  • liquidar pasivos.
  • Empresas que no estén en cartera deteriorada en su clasificación individual de riesgo por
  • parte de sus acreedores.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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