Preguntas frecuentes

¿Qué significa que una deuda deje de ser informada?

Que una deuda deje de aparecer en el Informe de Deudas no significa necesariamente que la obligación se haya extinguido.

Una deuda puede dejar de ser informada por distintas razones. Por ejemplo, porque fue pagada o porque se cumple alguna de las condiciones establecidas en la ley y en la normativa de la CMF para que corresponda dejar de informarla o suspender su información.

Por eso, es importante distinguir entre una deuda castigada, una deuda que deja de ser informada y una deuda que se ha extinguido.

NO ES LO MISMO

Deuda castigada
Es una deuda que lleva un tiempo sin ser pagada y que, debido a su nivel de morosidad, la institución financiera reconoce contablemente como de difícil recuperación. Esto se conoce como "castigar" la deuda. Que una deuda sea castigada no significa que haya sido perdonada o extinguida.

Deuda que deja de ser informada
Significa que la deuda deja de aparecer en la información reportada conforme a la normativa aplicable. Esto no implica necesariamente que la obligación haya dejado de existir.

Deuda extinguida
Significa que la obligación deja de existir jurídicamente. Esto puede ocurrir, por ejemplo, por pago, condonación, prescripción u otras causas establecidas en la ley.

¿Cuándo puede una deuda dejar de ser informada?

Las principales disposiciones sobre la información de las deudas se encuentran en:

  • la Ley N.º 21.680, que crea el Registro de Deuda Consolidada (REDEC);
  • el artículo 14 de la Ley General de Bancos; y
  • el Capítulo 18-5 de la Recopilación Actualizada de Normas de Bancos de la CMF, que regula la información sobre deudores de las instituciones financieras.

Estas disposiciones establecen las condiciones bajo las cuales una obligación debe ser informada y las situaciones en que corresponde dejar de informarla o suspender su información.

Entre otras situaciones, una deuda puede dejar de ser informada:

  • Cuando ha sido pagada.
  • Cuando han transcurrido cinco años desde que el pago del crédito se hizo exigible, de acuerdo con las condiciones establecidas en la ley y la normativa.
  • En determinadas situaciones relacionadas con las acciones y gestiones de cobro realizadas por la institución acreedora.
  • Cuando corresponda su exclusión o suspensión conforme a la normativa aplicable.

Importante: que una deuda deje de ser informada por alguna de estas razones no significa, por sí solo, que la obligación se haya extinguido.

¿Qué puedo hacer si considero que una deuda no debería seguir apareciendo?

1. Revise su Informe de Deudas

Obtenga su Informe de Deudas de la CMF y revise la obligación informada, incluyendo la institución que la reporta, su monto y situación.

2. Verifique la información

Si considera que la deuda está siendo informada incorrectamente, está desactualizada o se encuentra en alguna de las situaciones en que corresponde dejar de informarla, puede solicitar que su situación sea revisada.

3. Solicite la revisión a la institución que informa la deuda

La solicitud debe dirigirse a la institución financiera que reporta la obligación. Es esta institución la que debe revisar los antecedentes y determinar si corresponde mantener, rectificar, excluir o suspender la información.

4. Revise posteriormente su Informe de Deudas

Si la institución determina que corresponde dejar de informar la deuda, el cambio se reflejará posteriormente en el Informe de Deudas.

La información se actualiza semanalmente con los antecedentes que las instituciones financieras entregan a la CMF. Debido al proceso de reporte y actualización, el cambio puede verse reflejado con un desfase aproximado de 11 a 16 días desde que la institución informa la modificación.

5. Si no obtiene respuesta, puede recurrir a la CMF

Si la institución no responde su solicitud dentro de un plazo prudente o considera que su situación no fue adecuadamente resuelta, puede presentar una consulta o reclamo ante la CMF, acompañando los antecedentes del caso y la solicitud realizada previamente a la institución.

¿Quiere conocer más?

Puede revisar directamente las disposiciones que regulan esta materia:

Recuerde

Que una deuda deje de aparecer en su Informe de Deudas no significa necesariamente que haya dejado de existir.

La exclusión o suspensión de la información y la extinción de una obligación son situaciones diferentes. Si tiene dudas respecto de una deuda en particular, revise sus antecedentes y, de ser necesario, solicite su revisión a la institución financiera que la informa.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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