Preguntas frecuentes

¿Puedo cancelar un seguro una vez contratado? ¿Me devuelven mi dinero?

Antes de contratar un seguro, se deben comprender bien las cláusulas de la póliza que establecen los plazos y condiciones para dar término al contrato (tanto por parte del asegurado como de la aseguradora) y cómo procederá la devolución de primas, en caso de corresponder.

Estas condiciones varían sustancialmente conforme al tipo de seguros a contratar.

Si bien no se puede dar una respuesta general para todos los casos, ya que las condiciones están establecidas en cada póliza, las siguientes circulares de la SVS pueden ser de utilidad respecto a este tema:

  • Circular N° 1.587, que regula el derecho de retracto, cuando el contrato es celebrado a distancia sin contar con un medio escrito (como por ejemplo una venta telefónica).
  • Circular N° 1.762, sobre la devolución de primas, en el caso de prepagar o refinanciar un crédito cuando se haya contratado un seguro a prima única.
  • Circular N° 1.763, que define qué se entiende por prima e indica a quién deberá devolverse, en caso de corresponder su devolución.
  • Circular N° 1.457, sobre el derecho de retractación en los seguros colectivos asociados a una operación de crédito, cuando el beneficiario es el deudor, las personas naturales designadas por éste o sus herederos legales.

Revise estas circulares y otras normativas de la SVS.

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