Preguntas frecuentes

¿Cuándo una sociedad anónima debe inscribirse en el Registro de Valores y en qué plazo?

Una sociedad debe inscribirse en el Registro de Valores cuando tiene 500 o más accionistas o, a lo menos, el 10% de su capital suscrito pertenezca a un mínimo de 100 accionistas, excluidos los que individualmente o a través de otras personas naturales o jurídicas, excedan dicho porcentaje.

El plazo para inscribirse es de 60 días, desde que cumpla con alguno de los requisitos anteriores, conforme a la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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