Preguntas frecuentes

¿Qué hacer ante el robo, hurto o extravío de una Tarjeta de Crédito?

De acuerdo a la Ley 20.009, si tiene una emergencia bancaria relacionada con una tarjeta de crédito, debe realizar las siguientes acciones:

  • Dar aviso de inmediato al banco al que pertenece la cuenta corriente o tarjeta, solicitando el bloqueo de dichos productos a través del número que entrega cada banco.
  • El banco debe tener un número telefónico a su disposición que funcionará las 24 horas del día.
  • Al ser recibida su denuncia, se le entregará un número con el cual podrá gestionar en lo sucesivo la resolución de los problemas causados por esta situación.

Es importante tener claro de que la ley indica que en el caso que las tarjetas sean usadas con posterioridad al aviso de extravío, hurto o robo, será al emisor quien deberá demostrar que las operaciones fueron realizadas por el dueño de la tarjeta o los adicionales autorizados por éste.

Para efectos de minimizar el impacto de perder su tarjeta, evite llevar con Usted anotaciones en las que aparezca la clave secreta ya que podría ser usada por la persona que la tendrá en su poder. Prefiera memorizar dicha clave.

Con posterioridad a la denuncia, el cliente debe tomar contacto con el banco para regularizar su situación y acceder a una nueva tarjeta que reemplace a la anterior.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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