Aprobación de reglamentos internos de Fondos de Inversión de Capital Extranjero

Descripción

Mediante resolución de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) se aprueban los respectivos reglamentos o sus modificaciones, a efectos que puedan ser gestionados por las respectivas sociedades administradoras.

La Superintendencia de Valores y Seguros verifica previamente que dichos documentos contengan las menciones mínimas requeridas y que las respectivas cláusulas se enmarquen dentro de la legislación pertinente. No existe un plazo legal definido para la materialización de dicho trámite.

Beneficiarios

Sociedad Administradora del Fondo de Inversión de Capital Extranjero que cumpla el siguiente requisito:

Tener aprobado un Fondo de Inversión de Capital Extranjero.

Documentos requeridos

Previamente a la operación del Fondo deberán presentarse a la Superintendencia de Valores y Seguros los siguientes antecedentes:

  • Documento de constitución del Fondo, que deberá constar por escritura pública o su equivalente. En caso de documento extendido en idioma extranjero, deberá acompañarse una traducción del mismo, certificada por el representante legal del Fondo. Estos antecedentes se registrarán en la Superintendencia y desde la fecha de su registro se entenderán como instrumentos auténticos para todos los efectos legales. Además, será necesario en este caso acompañar los antecedentes que acrediten que la entidad se encuentra vigente y que ha sido legalmente constituida de acuerdo a la ley de su país de origen, debidamente legalizados.
  • Individualización de la sociedad anónima chilena encargada de la administración de las inversiones en el país, acompañada de los antecedentes que acrediten su existencia legal.
  • Indicación del patrimonio a ingresar al país por el Fondo, el que no podrá ser inferior a un millón de dólares de los Estados Unidos de América.
  • Plazo de duración del Fondo, y
  • Reglamento interno de operación del Fondo.

Paso a paso: Cómo realizar el trámite


En Oficina

  • Para efectuar cualquier trámite (tales como inscripciones en los Registros que mantiene la SVS, aprobaciones y autorizaciones de existencia, reglamentos internos, contratos o pólizas de seguros, modificaciones o anotaciones), se deberá utilizar el Formulario Nº1, el cual será el único medio para efectuar la solicitud correspondiente. Dicho formulario deberá presentarse personalmente o enviarlo por carta, junto con los antecedentes que corresponda, en la Oficina de Partes de la SVS, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, primer piso, Santiago, y el horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.
  • El resultado del trámite es la resolución de aprobación o modificación de Reglamento Interno de Fondo de Inversión.


Costo de trámite

15 UF.

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