Área de Protección al Inversionista y Asegurado

A esta área le corresponde:

La ejecución y coordinación de la política de protección a los derechos de los inversionistas y asegurados u otros legítimos interesados, velando por la aplicación y cumplimiento por parte de las entidades fiscalizadas de las normas legales, reglamentarias y administrativas relativas a estas materias.

En este marco, el área estará a cargo del conocimiento e investigación de reclamaciones y denuncias, y de las consultas relacionadas a éstas.

En el ejercicio de sus funciones el área deberá actuar en forma coordinada con las respectivas intendencias y Unidad Jurídica, velando por el mantenimiento de una opinión única y uniforme del Servicio frente al mercado de valores y seguros en las materias de su competencia. Asimismo, con el objetivo antes indicado, deberá coordinarse con la Unidad de Investigación.

Esta área dependerá del Presidente de la CMF y tendrá las siguientes funciones:

a) Investigación y análisis de usos y prácticas relativas a los productos y servicios ofrecidos al público, que den lugar de parte de los inversionistas o asegurados a reclamar o entablar acciones contra las entidades supervisadas por esta Comisión.

b) Solicitar la intervención o participación de las intendencias y el Área Jurídica para el conocimiento de las actuaciones de los fiscalizados, relacionadas a reclamos y consultas de los inversionistas y asegurados, que infrinjan las normas que regulan el mercado de valores y seguros.

c) Investigación de las responsabilidades y proposición de sanciones o instrucciones contra quienes infrinjan la legislación y normas que rigen los mercados de valores y seguros, por actuaciones a las que se refiere la letra a), que afecten los intereses de los inversionistas, asegurados u otros legítimos interesados.

d) Conocer y evaluar las reconsideraciones hechas valer por las personas o entidades por sanciones o instrucciones dictadas como consecuencia del cumplimiento de las funciones del Área, salvo aquellas materias que por su gravedad o importancia deban ser conocidas por la Unidad de Investigación.

e) La defensa ante los Tribunales Ordinarios de Justicia de las sanciones o instrucciones específicas dictadas en el ejercicio de las funciones del Área.

f) Llevar los arbitrajes de seguros en conformidad a lo establecido en el artículo 3° letra i) del DFL 251, de 1931.

g) Conocer y tramitar las denuncias o reclamos y, las consultas y peticiones relacionadas a éstas, efectuadas por los inversionistas, asegurados u otros legítimos interesados, en materias propias de su competencia, establecer y facilitar los procedimientos y canales de comunicación para su recepción y respuesta a través de los espacios de atención institucionales.

h) Canalizar las solicitudes de información de acuerdo a la Ley N° 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado, a través de los conductos establecidos por la institución para estos fines.

i) Proponer normas, adecuaciones a la reglamentación y fomentar la autorregulación del mercado, en coordinación con las intendencias y Unidad Jurídica respectivas con miras a garantizar la debida protección de los intereses de los inversionistas o asegurados.

Jefe de Área: Fernando Pérez
Fono: 2 2617 4551

Galería de imágenes

Documentos

Subir