SP y SVS publican nuevas Tablas de Mortalidad para el cálculo de pensiones y provisiones técnicas

20/11/2015

El 1 de julio de 2016 entrarán en vigencia las nuevas Tablas de Mortalidad para el cálculo tanto de las pensiones de los (as) afiliados (as) al sistema de capitalización individual, como de las reservas técnicas de las compañías de seguros de vida y del aporte adicional del seguro de invalidez y sobrevivencia. Esta publicación se realiza en cumplimiento del DL 3.500 y el DFL 251.

Las Superintendencias de Pensiones (SP) y de Valores y Seguros (SVS) emitieron hoy, a través de normativa conjunta, las nuevas Tablas de Mortalidad de hombres y mujeres para el cálculo de las pensiones por retiro programado, de los aportes adicionales para pensiones de invalidez y sobrevivencia, y de las reservas técnicas que deben constituir las compañías de seguros que ofrecen rentas vitalicias y que participan del seguro de invalidez y sobrevivencia. Esta publicación se realiza en cumplimiento del DL 3.500 (Ley que crea el sistema de pensiones) y el DFL 251 (Ley de Seguros).

La elaboración de las nuevas tablas contó con la asesoría técnica especializada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y, como parte del proceso, también se realizaron consultas al Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y al Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE).

El proceso de actualización de las Tablas de Mortalidad, cuya entrada en vigencia está programada para el 1 de julio de 2016, fue abierto y transparente, para lo cual la SP y la SVS pusieron en consulta pública la propuesta de nuevas tablas entre el 27 de marzo y el 1 de junio del presente año, recibiéndose comentarios y observaciones de expertos, académicos y actores de la industria de pensiones y seguros.

Atendidas parte de las observaciones y comentarios recibidos a través del proceso de consulta pública se realizó una corrección y depuración de la base de datos utilizada para la estimación de los niveles iniciales de las probabilidades de fallecimiento, efectuándose correcciones menores respecto a las probabilidades publicadas en marzo pasado. Asimismo, se modificaron los factores de mejoramiento, que ajustan las probabilidades de fallecimiento por cada año transcurrido desde la actualización de las tablas, para edades mayores o iguales a 80 años. Esto implicó pasar de factores linealmente decrecientes entre los 80 y los 110 años, a factores linealmente decrecientes entre los 80 y los 100 años de edad.

La actualización de las Tablas de Mortalidad se realiza periódicamente, con el propósito de ajustar las proyecciones de expectativas de vida de las personas, sobre la base de la experiencia más reciente de sobrevida de la población de pensionados. Este proceso busca, además, recoger los mejoramientos de la mortalidad, con el fin de proyectar el comportamiento futuro a partir de mejoras en la calidad de vida, tales como las condiciones alimentarias y de salud, entre otras. Esta estimación es necesaria para proyectar el periodo de vida que deberán cubrir las futuras pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, bajo las modalidades de retiro programado y renta vitalicia.

Las Tablas de Mortalidad elaboradas por la SP y la SVS sólo se aplican a la población afiliada al sistema de pensiones y no afectan a las pensiones ya otorgadas, tanto para la modalidad de retiro programado como de rentas vitalicias.


NUEVAS PROYECCIONES DE MORTALIDAD

Las nuevas Tablas de Mortalidad permiten proyectar que las mujeres afiliadas al sistema de pensiones que hoy tienen 60 años (edad legal de jubilación) vivirán en promedio hasta los 90,31 años, esto es 1 año y 2 meses más respecto de las tablas vigentes. La mayor sobrevida, involucra una baja promedio de 2,2% en las pensiones por retiro programado, respecto de las pensiones calculadas con las tablas vigentes. No obstante, ese porcentaje de la pensión no se pierde, sino que es redistribuido para cubrir la mayor longevidad y evitar que los fondos se agoten antes del final del periodo estimado.

En el caso de los hombres que hoy tienen 65 años (edad legal de jubilación), se estima que su esperanza de vida llegará en promedio a 85,24 años, esto es 7 meses más respecto de las tablas actuales. El efecto sobre las pensiones por retiro programado se reflejará en una baja promedio de 2,1% que, al igual que en el caso de las mujeres, es distribuido durante más años de pensión para cubrir la mayor sobrevida.

Como resultado de la aplicación de las nuevas Tablas de Mortalidad, también se ha estimado que las reservas técnicas de las aseguradoras, que respaldan sus obligaciones futuras de pensiones por renta vitalicia y seguro de invalidez y sobrevivencia, se incrementarán en aproximadamente US$ 530 millones, equivalentes a 1,48% de las reservas técnicas por rentas vitalicias, a junio de 2015. Durante los próximos días la SVS publicará una Circular para consulta del mercado y público en general, sobre el proceso de implementación de las nuevas tablas.

Por otro lado, las futuras pensiones por renta vitalicia verán disminuido su monto, efecto que dependerá de la magnitud del traspaso a pensión por las aseguradoras de la mayor expectativa de vida de las nuevas tablas. Si las aseguradoras traspasaran el efecto de las nuevas tablas íntegramente a pensión, el monto de la renta vitalicia ofertada a las mujeres de 60 años se reduciría en alrededor de un 2,3%, en tanto que el monto de la pensión ofertada a los hombres de 65 caería en torno a 1,8%.

Cabe mencionar que desde comienzos de este año, la SVS emitió nuevas normativas relacionadas con las rentas vitalicias, donde específicamente introdujo cambios a las tasas de descuento utilizadas para la constitución de las reservas técnicas, reemplazando la TM (tasa que se calculaba sobre la base de las transacciones de papeles estatales de más de ocho años de fecha de vencimiento) por una curva o Vector de Tasas de Descuento (VTD), incidiendo en un aumento de aproximadamente 5% en los montos ofrecidos de pensión.

Antes de la entrada en vigencia de las nuevas tablas el 1 de julio de 2016, la SVS y la SP publicarán próximamente los respectivos borradores de las circulares de aplicación para las compañías de seguros y para las AFP.

En los sitios web de la SP (www.spensiones.cl) y de la SVS (www.cmfchile.cl) está disponible la Norma de Carácter General (NCG) N°162 de la SP y NCG N°398 de la SVS, con información detallada sobre las nuevas Tablas de Mortalidad.

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