SVS emite norma que establece requisitos para que un valor sea considerado de presencia bursátil

17/01/2012

La Superintendencia de Valores y Seguros emitió hoy la Norma de Carácter General N° 327, mediante la cual se establecen los nuevos requisitos para que un valor sea considerado de presencia bursátil, de conformidad al artículo 4° bis de la Ley N° 18.045 sobre Mercado de Valores, introducido por la Ley N° 20.552 que Moderniza y Fomenta la competencia del sistema financiero, modificación que entra en vigencia el 1° de febrero próximo.

La normativa establece que se considerarán valores de presencia bursátil aquellos que, a la fecha de su determinación, estén inscritos en el Registro de Valores, estén registrados en una bolsa de valores de Chile, y, que cumplan a lo menos uno de los siguientes requisitos:

  • haber tenido transacciones diarias en bolsa de 1.000 UF o más por al
    menos 45 de 180 días hábiles bursátiles, o, 
  • que el emisor del respectivo valor haya suscrito un contrato con un Market
    Maker en los términos establecidos en la Norma.

De esta manera, esta normativa eleva desde las actuales 200 UF a 1.000 UF o más el monto mínimo de las transacciones como requisito para lograr tener presencia bursátil y crea la figura del Market Maker.

"Esta Norma genera los incentivos adecuados para que los emisores y corredores de bolsa promuevan la liquidez de los valores por medio de la actuación de un Market Maker. Lo anterior, también permitirá que los inversionistas puedan contar con instrumentos de inversión más atractivos", explicó el Superintendente, Fernando Coloma.

Dentro de las exigencias establecidas por la SVS a los Market Maker está contemplada la obligación de contar con un contrato cuyo formato y contenido mínimo sea definido por la reglamentación de cada bolsa, cuya duración mínima
sea de 180 días. Asimismo, la nueva Norma dispone que el corredor de bolsa que opere como Market Maker deberá mantener vigentes en los sistemas de negociación una oferta de compra y de venta, cada una por un monto igual o superior a 500 unidades de fomento diarias, con una diferencia de precios entre ambas ofertas que no podrá superar el 3% del precio de la de compra.

La Norma establece que el Market Maker deberá mantener las ofertas vigentes durante todo el horario de negociación bursátil o hasta que se hayan realizado en el mercado transacciones sobre dicho valor por uno monto igual o superior a 1.000 UF.

Asimismo, se señala que corresponderá a las bolsas de valores verificar que las
condiciones establecidas en esta normativa sean permanentemente cumplidas por los corredores que actúen como Market Maker.

La Norma señala que las bolsas de valores deberán proveer información al público inversionista en sus páginas web respecto de aquellos instrumentos que cumplan los requisitos antes señalados para contar con presencia bursátil y de aquellos valores que cuenten con Market Maker.

Se adjunta link a Norma de Carácter General:
http://www.svs.gob.cl/normativa/ncg_327_2012.pdf

 

 

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