SVS emite norma sobre control interno y gestión de riesgo para intermediarios de valores

29/12/2011

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en el marco de la adopción del modelo de supervisión basado en riesgo para intermediarios de valores, emitió hoy la Circular N° 2054 sobre Control Interno y Gestión de Riesgo destinada a corredores de bolsa y agentes de valores.

La nueva normativa establece los requerimientos mínimos tendientes a formalizar y fortalecer sus sistemas de control y gestión de riesgo, administrar adecuadamente los riesgos inherentes a sus modelos de negocio, asegurar el correcto desarrollo de sus actividades con miras a propiciar su estabilidad financiera, la integridad de sus prácticas de negociación y la protección de los activos e intereses de los inversionistas.

Para estos efectos la circular establece que los intermediarios de valores deberán contar con la estructura organizacional, material y humana adecuados al tipo de negocio que desarrollan y a la complejidad y volumen de éstos, entre otras variables.

La norma -que permitirá adecuar la normativa vigente a las recomendaciones de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV - IOSCO) en esta materia- establece que la organización interna de cada intermediario debe ser definida por su Alta Administración considerando al menos:

  • Políticas, procedimientos y controles: intercambio efectivo de información a sus clientes; integridad de las prácticas en materia de negociación; correcta resolución de conflictos de interés; protección de los activos; mantenimiento adecuado de registros contables; entre otros.
  • Unidad de auditoría interna: encargada de evaluar el correcto funcionamiento del sistema de control interno y gestión de riesgo y su consistencia con los objetivos y políticas de la organización, así  como también el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas que le son aplicables al intermediario de valores.
  • Desarrollo de la función de gestión de riesgo: deberá considerar al menos la identificación formal de los riesgos financieros, operacionales y de cumplimiento normativo; determinar el nivel de importancia de los riesgos; el establecimiento de límites y controles; monitorear su cumplimiento; y contar con sistemas que permitan que la información relevante para la gestión y control de riesgos llegue a los niveles jerárquicos que corresponda.

La Alta Administración será la responsable de la implementación y funcionamiento del sistema de control interno y gestión de riesgo del intermediario. De esta forma, cada año los intermediarios de valores deberán emitir a la SVS una certificación que dé cuenta de la suficiencia e idoneidad de la estructura de control interno y gestión de riesgos mantenida por dicha entidad.

Esta norma estuvo en consulta para comentarios del mercado entre agosto y septiembre de 2011.

Link a la norma: http://www.cmfchile.cl/normativa/cir_2054_2011.pdf

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