SVS pone en consulta norma sobre control interno y gestión de riesgo para intermediarios de valores

30/08/2011

La Superintendencia de Valores y Seguros publicó para comentarios del mercado en su página web (www.svs.cl), el borrador de una nueva circular, mediante la cual se exigirá a los intermediarios de valores (Corredores de Bolsa y Agentes de Valores) la implementación de sistemas de control interno y gestión de riesgos, los que deberán ser compatibles con los objetivos y directrices establecidas por la propia entidad, la protección de los activos e intereses de sus clientes y consistentes con el volumen y complejidad de sus operaciones.

Con la aplicación de las disposiciones contenidas en esta circular, se espera dar un paso relevante en lo que respecta a la formalización de los mecanismos de control utilizados por los intermediarios de valores, lo que contribuirá a elevar el estándar de control en estas entidades, en conformidad al volumen y tipo de actividades que están desarrollando en la actualidad, además de facilitar los procesos de evaluación que contempla el enfoque de supervisión basado en riesgo aplicado a los intermediarios de valores. De igual modo, la emisión de esta Circular permitirá adecuar la normativa vigente a las recomendaciones de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV - IOSCO) en esta materia.

En la citada norma se establece que los intermediarios de valores deberán contar con una estructura organizacional apropiada a los negocios que desarrollan. En este contexto, dichas entidades deberán:

- Definir e implementar políticas, procedimientos y controles en relación con las distintas actividades que realizan, los que deben orientarse a asegurar: un intercambio efectivo de información con sus clientes; la integridad en sus prácticas de negociación; la adecuada resolución de conflictos de interés; la protección de activos propios y de sus clientes; la integridad, disponibilidad y confiabilidad de la información; la segregación apropiada de funciones, la continuidad operacional, la gestión de riesgos y el cumplimento de los requisitos legales y normativos, entre otros.

- Contar con una unidad de auditoría interna encargada de evaluar la efectividad y el cumplimiento de las políticas, procedimientos y controles implementados por el intermediario de valores y verificar el cumplimiento de las disposiciones
legales, normativas y reglamentarias que los rigen.

- Desarrollar la función de gestión de riesgo, la que deberá considerar al menos: la identificación formal de los riesgos; determinar el nivel de importancia de los riesgos; el establecimiento de límites y controles; verificar su cumplimiento; y contar con sistemas que permitan que la información relevante para la gestión y control de riesgo llegue a los niveles jerárquicos que corresponda.

La circular requiere la participación activa del directorio o administración del intermediario en la definición de políticas, planes y procedimientos de control y gestión de riesgos, los cuales deberán estar contenidos en manuales que se deberán desarrollar. En efecto, se establece como responsabilidad de la alta administración que el intermediario se encuentre adecuadamente organizado y que cuente con controles internos y sistemas de gestión de riesgos apropiados.

El borrador de circular estará disponible para comentarios del público hasta el 14 de septiembre próximo.

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