Devuelven al fisco ganancias obtenidas en operación sancionada

05/12/2005

Santiago, 5 de Diciembre de 2005. Se evita así acción civil restitutoria que la SVS se encontraba evaluando DEVUELVEN AL FISCO GANANCIAS OBTENIDAS EN OPERACIÓN SANCIONADA En relación a la sanción de multa aplicada por esta Superintendencia de Valores y Seguros por Resolución exenta 166 del 8 de Mayo de 2001, y confirmada por sentencia definitiva de la Corte Suprema de fecha 27 de octubre del presente, cabe informar que la Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. resolvió hacer entrega voluntaria, a beneficio fiscal, de los beneficios económicos debidamente actualizados que le reportó la operación de compra y venta de acciones del Banco de Chile que dio origen a la multa. El monto de lo pagado a beneficio fiscal asciende a la suma de $ 801.238.491.- Se ha informado por la defensa legal de los ex controladores del Banco de Chile, que la decisión adoptada por esa compañía de seguros se fundó en lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 172 de la Ley de Valores, lo que previene la eventual interposición de una acción civil restitutoria, que la SVS se encontraba evaluando. En atención a lo anterior, esta Superintendencia considera materializado el cierre definitivo del caso, puesto que no se ha estimado en derecho procedente innovar respecto de lo ya resuelto en Mayo de 2001, en el sentido que los hechos sancionados en su oportunidad sólo revestían el carácter de infracción administrativa.

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