Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si tengo dos seguros de incendio sobre una misma propiedad?

En caso de existir más de un seguro sobre un mismo bien o inmueble al efectuar la denuncia de siniestro el asegurado deberá informar a las distintas compañías la existencia de las demás pólizas sobre la misma propiedad.
Si el bien asegurado estuviera cubierto por otra u otras pólizas, tomadas de buena fe por el mismo asegurado o por otra persona que tenga interés en su conservación, las pérdidas o daños indemnizables se pagarán por los aseguradores a prorrata de las sumas aseguradas por cada uno de ellos y hasta la concurrencia del valor del respectivo bien asegurado, con prescindencia de la fecha de contratación de los seguros". Si la póliza no contempla una estipulación sobre seguros concurrentes, según la ley operará el primer seguro hasta por el íntegro valor asegurado y por el saldo si lo hubiere los demás seguros según sus fechas de contratación, siempre que hayan sido celebrados de buena fe. Además, en caso de seguros contratados conjunta o separadamente en una misma fecha por una cantidad que exceda el valor del objeto asegurado no quedarán responsables sino hasta concurrencia de ese valor y en proporción de la suma que cada uno de ellos hubiere asegurado. Con todo, cabe tener presente que en virtud del principio indemnizatorio el monto total de las indemnizaciones no podrá ser nunca superior al valor del objeto asegurado.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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